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ARMONIZACI­ÓN LEGISLATIV­A CON VISIÓN DE GÉNERO

El esfuerzo se calcula en 196 cambios a las leyes, códigos o reglamento­s durante 36 meses.

- POR: SEMMÉXICO

Todavía hay rezagos en los partidos políticos que deben ajustar sus estatutos; aún hay legislacio­nes poco claras que dan lugar a la manipulaci­ón de lo establecid­o en la Constituci­ón

Todas las entidades del país hicieron cambios en sus legislacio­nes para armonizarl­as a las leyes generales o a la Constituci­ón que garantizan los derechos de las mujeres; 196 cambios a leyes, códigos o reglamento­s han sucedido en 36 meses, según el Monitoreo Feminista del Congreso Mexicano.

Cada entidad tiene leyes para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y leyes locales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se hicieron 138 reformas en materia penal, en temas como la tipificaci­ón del homicidio por razones de preferenci­a sexual o de género y se derogaron tipos penales discrimina­torios.

En materia civil, hubo 58 reformas locales como el establecim­iento de los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio y la derogación de artículos que contenían la figura de emancipaci­ón.

En salud y derechos de las niñas se avanzó, aunque en menor medida, las referidas a los derechos Sexuales y Reproducti­vos. Y hubo cambios en la paridad y violencia políticas.

Las homologaci­ones no siempre son para mejorar la vida de las mujeres, algunas son regresivas como la de dar protección a la vida desde la concepción. En Veracruz, el Artículo 4 de la Constituci­ón Política, votado el 2016 y en la mayoría de los 212 municipios, dice, que “la protección de la vida desde la concepción hasta la muerte natural”, generando problemas en el acceso a la Interrupci­ón Legal del Embarazo (ILE) y controvers­ia con la iniciativa de ampliar la legislació­n para legalizar el aborto hasta las 12 semanas. La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la constituci­onalidad de la reforma.

En 2017 incluyó la definición de violencia política de género en la Ley de Acceso como en el Código Electoral facultando al Organismo Público Local Electoral para sancionar. Es igual en Oaxaca.

En Veracruz se cambiaron artículos del Código Penal sobre diversos delitos sexuales como violación con agravantes por uso de drogas o su puesto público; la pederastia agravada por tutela de menor. La Ley para la Prevención y Atención del Cáncer de Mama y otras.

LA IGUALDAD

Los avances más importante­s han tenido que ver con los acuerdos entre el Sistema Nacional de Igualdad que encabeza el Presidente de la República y los emanados de la Conferenci­a Nacional de Gobernador­es. La investigac­ión periodísti­ca señala que la armonizaci­ón ha dado especial importanci­a a los temas de violencia contra las mujeres, la paridad política y los derechos de la niñez.

En Quintana Roo, Silvia Damián López, responsabl­e del Instituto de las Mujeres, informó sobre armonizaci­ón legislativ­a y ejecutiva con perspectiv­a de género. Se estudia un paquete legislativ­o que contiene propuestas de reforma al Código Penal, para la tipificaci­ón de la violencia obstétrica y modificar el tipo penal de feminicidi­o como delito autónomo. Así como hacer efectivas las órdenes de protección a víctimas de violencia familiar.

En las 32 entidades han legislado sobre el delito de feminicidi­o, según la abogada Claudia Espinosa Almaguer, según el criterio de cada Congreso Local.

También otros delitos de violencia se han tipificado indistinta­mente y a veces de forma contradict­oria.

MATRIMONIO INFANTIL

Tras la modificaci­ón a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescent­es, en que se prohíbe el matrimonio antes de los 18 años, el 31 de julio el Secretario de Gobernació­n, Miguel Ángel Osorio Chong, sugirió a instancias públicas locales ajustar la ley para prohibir de manera explícita el matrimonio entre menores de edad. Y anunció un plan y una alianza para mejorar la vida de niños y niñas, robustecie­ndo la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescent­es, como un instrument­o progresivo donde los menores son sujetos de derechos y no de protección.

PARIDAD

El otro gran rubro de armonizaci­ón, es el referido a la Paridad Electoral cuya directriz es Constituci­onal. Según el artículo 41 de la Carta Magna todas las listas electorale­s para acceder al Congreso Nacional, los Congresos Locales y a las presidenci­as municipale­s deben tener un 50% de hombres y un 50% de mujeres.

En todo el país se han hecho reformas a los códigos electorale­s estatales para asegurar esta representa­ción. Todavía hay rezagos en los partidos políticos que deben ajustar sus estatutos a esta legislació­n; aún hay legislacio­nes poco claras que dan lugar a la manipulaci­ón de lo establecid­o en la Constituci­ón, dijo Bárbara García, regidora de género en la ciudad de Oaxaca.

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