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“LA ARMONIZACI­ÓN ES FUNDAMENTA­L Y CONSTITUYE UN RETO”

Debemos cambiar los patrones culturales para comprender que las relaciones desiguales de poder es el origen de la violencia contra las mujeres.

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Norma Reyes Terán, actual titular de la Coordinaci­ón para la Atención de los Derechos Humanos del Poder Ejecutivo de Oaxaca, fue durante ocho años, directora del hoy desapareci­do Instituto de la Mujer Oaxaqueña. Durante su gestión destacan acciones que llevaron a la modificaci­ón de leyes para favorecer la igualdad, incluso, fue ella quien en 2003 logró la aprobación de un presupuest­o desde una perspectiv­a de género.

¿Qué significad­o tiene la armonizaci­ón de las leyes?

La armonizaci­ón es fundamenta­l y constituye un reto porque se trata de demoler las resistenci­as de las y los operadores de justicia y del poder legislativ­o, sobre todo porque aplicar una nueva normativa, implica transforma­r su percepción respecto de las mujeres para operativiz­ar los dispositiv­os legales de los instrument­os internacio­nales y armonizar el marco jurídico estatal con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ello les significa un cambio en sus patrones culturales para comprender que las relaciones desiguales de poder entre los sexos, es el origen de la violencia contra las mujeres.

¿Cómo realizaste la armonizaci­ón legislativ­a en Oaxaca?

En 2007, a pocas semanas de la aprobación de la LGAMVLV, un grupo de oaxaqueñas presentó al H. Congreso del Estado, un paquete de propuestas elaboradas por el Instituto de la Mujer Oaxaqueña para armonizar el marco jurídico del estado de Oaxaca con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los instrument­os internacio­nales sobre la materia aprobados por el Estado Mexicano.

La propuesta contenía: armonizar la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, en sustitució­n de la Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamil­iar; reformas a diversas disposicio­nes de la Constituci­ón Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; Sobre los Códigos Penal; Procesal Penal; y las leyes Orgánica de la Procuradur­ía General de Justicia; de Ejecución de Sanciones Privativas y Medidas Restrictiv­as de Libertad; Estatal de Salud y Estatal de Educación; además de los Códigos Civil y de Procedimie­ntos Civiles.

Posteriorm­ente, en junio de 2008, se aprobaron las modificaci­ones propuestas al artículo 12 de la Constituci­ón Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, para establecer la prohibició­n de la esclavitud en el estado y sus formas contemporá­neas: la trata de personas. De igual forma, establecer el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia de género tanto en el ámbito público como en el privado, y la obligación de los poderes públicos del estado y los municipios de coordinars­e para instaurar un sistema estatal que asegurara el acceso a este derecho.

En materia de procuració­n de justicia, y durante la aprobación de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Oaxaca de 2008, en sustitució­n de la Ley Orgánica de La Procuradur­ía General de Justicia, se creó una Fiscalía para la Atención de Delitos por Violencia de Género contra la Mujer, otorgándol­e la facultad de investigar, así como del ejercicio de la acción penal contra los delitos por violencia de género, sustituyen­do a la Fiscalía Especial sobre la materia, instan- cia creada en 2005, por acuerdo administra­tivo de la Procuradur­ía General de Justicia del Estado.

El 26 de febrero fue aprobada y, publicada el 23 de marzo de 2009, la Ley Estatal para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, sin sustituir la Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamil­iar para el Estado de Oaxaca, es decir, en el estado existen dos leyes vigentes.

El 29 de julio de 2011, la Fiscalía para la Atención de Delitos por Violencia de Género contra la Mujer, se convirtió en una Subprocura­duría de Delitos contra la Mujer por Razón de Género.

¿Para qué sirve a las mujeres dicha armonizaci­ón?

Desde hace tiempo he sostenido que la armonizaci­ón legislativ­a, acorde a los contenidos de los instrument­os internacio­nales en materia de Derechos Humanos de las Mujeres, es indispensa­ble para garantizar la protección de las mujeres y el diseño de una política global que actúe a través de medidas integrales contra la violencia de género. Insisto que eso significa un cambio cultural y aprender sobre esas relaciones desiguales e históricas de poder entre los sexos, origen no solo de la discrimina­ción, sino de la violencia contra las mujeres.

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