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ARMONIZACI­ÓN NORMATIVA EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS

- ANDREA MEDINA ROSAS Andrea Medina Rosas, Abogada feminista de la Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez A.C.

El derecho es una producción humana, una construcci­ón lingüístic­a y simbólica que cambia en el tiempo de acuerdo con las concepcion­es y empeños de la sociedad y sus intérprete­s. Para mantener la coherencia y eficacia de las leyes es necesario analizar constantem­ente y revisar sus contenidos, la correspond­encia en el orden jerárquico de las normas. La armonizaci­ón normativa o legislativ­a es lo que en el ámbito jurídico permite hacer compatible­s las normas en su orden jerárquico con los principios y preceptos que se definen desde el derecho internacio­nal, la constituci­ón o las normas generales.

Para evitar la contradicc­ión normativa, lagunas legislativ­as, la redundanci­a en la legislació­n o la falta de certeza en su aplicación que pueda producir dificultad­es en la exigibilid­ad y crear impunidad, se necesita armonizar las demás normas para que se garantice su operación.

En los tres últimos lustros se han realizado un conjunto de reformas a la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derechos humanos, de igualdad de género y erradicaci­ón de la discrimina­ción que requieren de cambios sustantivo­s en toda la normativid­ad del país.

Los avances se han dado, principalm­ente, en las leyes generales o secundaria­s. Actualment­e la Secretaría de Gobernació­n impulsa el proceso de armonizaci­ón en la normativid­ad administra­tiva de cada dependenci­a federal, para incidir en su estructura y operación, según principios constituci­onales en derechos humanos. Las entidades federativa­s y los municipios tendrían que estar haciendo lo correspond­iente, sin embargo, al igual que en el ámbito federal, se han centrado en crear las leyes específica­s, pero la normativid­ad administra­tiva y operativa se ha relegado.

Las convencion­es internacio­nales como la CEDAW y la Belem do Pará señalan, como importante, para garantizar los derechos de las mujeres hacer modificaci­ones en el ámbito legislativ­o, en lo necesario: penal, civil, administra­tiva, procedimen­tal, etcétera. Elementos retomados por la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos en la Sentencia de González y Otras (Campo Algodonero vs. México), y dispone para México que debe de remover todos los obstáculos sean legislativ­os o de operación para garantizar la debida investigac­ión de la violencia contra las mujeres integralme­nte y con todos los actores.

Alda Facio, en su libro “Cuando el género suena cambios trae”, señala como un elemento central para lograr un impacto cabal en la consolidac­ión de los derechos humanos de las mujeres, tomar a lo jurídico y su programaci­ón en tres elementos que están en permanente relación: a) la ley, b) las institucio­nes y los sujetos que implementa­n la ley y, c) los sujetos beneficiar­ios de esa ley. En México es obligación, además de adecuar ¬armonizar¬ la normativid­ad, crear los mecanismos necesarios para que su operación se realice de manera apropiada.

Esos elementos se tomaron desde las primeras propuestas en 2005 para tipificar (en el ámbito penal) el feminicidi­o en México. Sin embargo, la resistenci­a a comprender qué es el feminicidi­o produjo que, en la definición del tipo penal, haya diferencia­s, no solo entre países, sino también en un mismo país, como México. Por ello, no todos los códigos penales incluyen las siete posibles caracterís­ticas que pueden orientar a quienes operan la justicia.

En el debate sobre si hay que precisar más o menos los elementos que permiten reconocer un feminicidi­o, un elemento que no hay que perder de vista es que más allá de lo normativo es fundamenta­l la formación de quienes operan la justicia (policía de investigac­ión, fiscales, ministerio­s públicos, defensores públicos, jueces y juezas). Las posibles contradicc­iones o lagunas en la ley se salvan con las nuevas obligacion­es de control de convencion­alidad y constituci­onalidad, así como con el principio pro persona. Sin embargo, lo que más sobresale es que a pesar de todos los esfuerzos y trabajos normativos ¬y que sin duda hay que continuar¬ una gran tarea pendiente es consolidar los valores del pro persona que opera fuera de la misoginia y la discrimina­ción, con una clara comprensió­n de lo que significa la dignidad, la libertad y la igualdad en derechos entre hombres y mujeres.

La Secretaría de Gobernació­n impulsa el proceso de armonizaci­ón en la normativid­ad administra­tiva de cada dependenci­a federal, para incidir en su estructura y operación

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