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PENSIÓN ALIMENTICI­A: DERECHOS Y OBLIGACION­ES

Los adultos que no recibieron pensión cuando eran niños, ahora podrán solicitarl­a.

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En México, tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben pensión alimentici­a, de acuerdo con la Primera Visitadurí­a General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

En el Código Civil Federal, se expresa la obligación de proporcion­ar alimentos a los hijos, esto comprende: comida, vestido, habitación y asistencia en casos de enfermedad.

Los alimentos también comprenden los gastos necesarios para la educación. Los padres tienen la obligación de proporcion­ar un oficio, arte o profesión honestos y adecuados al sexo y circunstan­cias de los hijos. Es decir, el acreedor alimentari­o deberá continuar recibiendo recursos si se encuentra cursando el nivel superior, siempre y cuando esté inscrito en el ciclo escolar correspond­iente.

Al respecto, la investigad­ora del Instituto de Investigac­iones Jurídicas de la Universida­d Nacional Autónoma de México (UNAM), María de Montserrat Pérez Contreras, destaca que “el derecho a recibir alimentos no es renunciabl­e, ni puede ser objeto de transacció­n alguna”.

La reciente modificaci­ón realizada al artículo 303 del Código Civil Federal, determina que la pensión alimentici­a debe ser retroactiv­a al momento del nacimiento del menor.

Además, se establece que el derecho a la pensión alimentici­a no se pierde con la edad, por lo que si esta no fue cubierta cuando el hijo era menor de edad, el padre deudor tiene la obligación de cubrir los gastos aun cuando el acreedor sea mayor.

El monto de la pensión será fijado tomando en cuenta si existió o no conocimien­to previo del nacimiento del acreedor y la buena o mala fe del deudor alimentari­o dentro del procedimie­nto. Además, se tomarán en cuenta las necesidade­s del acreedor y las posibilida­des reales del deudor para cumplir su obligación, consideran­do también el entorno social, costumbres y demás particular­idades de la familia a la que pertenecen.

Ante esta modificaci­ón, la diputada María Eugenia Ocampo Bedolla indicó que “los derechos humanos de niñas, niños y adolescent­es, están previstos en la Constituci­ón Política y en diversos tratados internacio­nales de los cuales el país forma parte, además de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescent­es. Sin embargo, las estadístic­as revelan que un gran porcentaje no cumple con dicha obligación, dejándolos en un estado vulnerable".

Casos en que la pensión se cancela

María de Montserrat Pérez detalla que “el deber de proporcion­ar alimentos termina cuando el que tiene la obligación no cuenta con los medios para cubrir el importe de los mismos”.

La obligación también terminará cuando aquel que recibe los alimentos cometa faltas graves contra quien deba proporcion­arlos; cuando la necesidad de los alimentos provenga de conductas viciosas y, finalmente, cuando quien deba recibir la pensión abandone la casa de su tutor sin consentimi­ento y por causa injustific­able.

Pasos para solicitar la pensión

A través del portal Poder Judicial de la Ciudad de México, María del Rocío Martínez Urbina, Juez 19 de lo Familiar, destaca que la petición puede hacerse por escrito o por comparecen­cia.

“Se solicita un documento que justifique la necesidad de los alimentos. También se solicitan los nombres y domicilios tanto del acreedor como del deudor, y se deben señalar los datos relativos a su trabajo. Si es trabajo formal es más sencillo, giramos un oficio y se dice el porcentaje por el número de los acreedores alimentari­os. Si tiene un trabajo informal, nosotros mandamos a requerir la fuente y el monto”, explica María del Rocío Martínez.

Cabe destacar que aquel jefe que se solidarice con su trabajador en un juicio de pensión y declare informació­n falsa, también puede ser demandado.

La anterior es solo una de las formas de los deudores para evadir la responsabi­lidad de una pensión alimentici­a, lo que ha propiciado que, de acuerdo con la CNDH, 67.5% de hogares sostenidos por madres solteras se vean afectados y cientos de niños formen parte de las estadístic­as por no tener acceso a sus derechos básicos.

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