Milenio

Protestas, provocacio­nes y respuestas

- PABLO GÓMEZ www.pablogomez.org

La violencia del 1 de diciembre ha sido interpreta­da de muchas formas, pero no se han dado más respuestas que los procesos penales abiertos. Lo que resalta es que no se admite que algunas personas puedan organizars­e para realizar actos violentos sin más fin que el de protestar, repudiar, hacerse sentir.

Varios analistas han estado buscando a los tenebrosos provocador­es —autoridade­s o políticos profesiona­les— que debieron haber pagado a un puñado de lúmpenes que no tenía idea de los propósitos de sus acciones. Pero no. No aparecen los provocador­es ni los lúmpenes.

No debería ser motivo de tanta suspicacia que unos jóvenes se organicen para agredir a la policía si acaso ésta les impide llevar a cabo su manifestac­ión tal como la habían planeado. Tampoco es nuevo que unos jóvenes, contenidos por la policía en un lugar, aparezcan en otro para continuar la protesta e, incluso, ataquen propiedade­s.

Lo grotesco fue que la policía capitalina se dedicara a detener jóvenes en el centro de la ciudad bajo sospecha de que habían intervenid­o en los actos violentos. Además, es ridículo y vergonzoso para cualquier fiscal del mundo que de 70 consignado­s a un juez hayan sido liberados casi 60. Las acusacione­s eran demasiado débiles. Un juez en el 68 decía en su auto de formal prisión contra más de 200 jóvenes: “Hay dos pruebas, una positiva y otra negativa; la primera es que todos estuvieron en el lugar de los hechos (Tlatelolco), la segunda es que ninguno pudo explicar satisfacto­riamente qué hacía en tal sitio”. Parece que la historia nos alcanza, pero en forma de comedia. Ya casi no hay jueces como aquél, pero los fiscales por lo visto proceden en forma semejante.

El delito que se pretende aplicar —“ataques a la paz pública” (art. 362)— es una reminiscen­cia de viejos tiempos. La pena es de cinco a 30 años de prisión por realizar actos que “perturben la paz pública o menoscaben la autoridad del Gobierno del Distrito Federal o presionen a la autoridad para que tome una determinac­ión”. Los actos descritos son “utilizació­n de sustancias tóxicas, incendio, inundación o violencia extrema”. ¿Qué cosa es la “paz pública”? ¿En qué consiste la “violencia extrema”? Es evidente que el juez lo debe defi nir, así como fue la “disolución social”. Pero si en lugar de “atacar la paz” el actor se rebela, la pena es de dos a diez años a pesar de que actúa con armas aunque, si las depone antes de ser detenido, entonces no hay pena alguna (art. 361). El delito de rebelión es de manufactur­a decimonóni­ca en la legislació­n penal mexicana. El moderno precepto de “ataques a la paz pública” es francament­e agresivo y repite conductas que están en otros tipos penales con sanciones mucho menores. Existe el delito de motín, el cual, por lo visto, le pareció poca cosa al Ministerio Público por aquello de que el condenado puede estar encarcelad­o seis meses como mínimo, es decir, no compurgarí­a en prisión y tendría, antes, libertad bajo fianza. Pero se trataba de calmar a las buenas conciencia­s y, por tanto, abrir procesos con prisión preventiva. Esta conducta política es francament­e reprobable.

Existen muchos otros delitos, como el de daño en propiedad y el de lesiones, pero el MP tiene que acreditar el daño o la lesión contra cosas y personas concretas por parte precisamen­te de cada uno de los acusados, lo cual no podía hacer. No actuó, entonces, como procurador de justicia sino como político empoderado con los instrument­os de la justicia.

Pero, ¿dónde están los misterioso­s poderes que organizaro­n la provocació­n? Sabemos que en la cárcel se encuentran personas conocidas. No hay ningún presunto delincuent­e en reincidenc­ia y ninguno es poderoso. ¿Habrán de terminar esos presos sus estudios en la cárcel, en la universida­d del crimen? Por lo visto eso es lo que busca el MP al acusarlos de un delito repudiable tanto por su tipo como por sus sanciones.

El PRD y toda la izquierda en la Asamblea están obligados a derogar el delito de “ataques a la paz pública” y a requerir a la Procuradur­ía capitalina que explique su tan condenable comportami­ento político.

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