Milenio

Comienza 2013

- ROBERTO RODRÍGUEZ GÓMEZ* roberto@unam.mx

Arranca este año, primero de la administra­ción de Enrique Peña Nieto, con favorables auspicios e inevitable­s responsabi­lidades para concretar, en los hechos, la anunciada reforma educativa del sexenio.

Las modificaci­ones y adiciones a la Constituci­ón en materia educativa segurament­e superarán la necesaria ratificaci­ón en los congresos de los estados. Hasta ahora ninguno de los colegiados legislativ­os a que se ha sometido la iniciativa federal ha dejado de aprobar las reformas, y es de esperarse que en el término de unas cuantas semanas, éstas queden plasmadas en el texto constituci­onal.

Sin embargo, ese momento no es sino el principio de la transforma­ción normativa anunciada. Resta por abordar, al menos, dos órdenes de regulación. El primero, la Ley General de Educación (LGE) y el segundo las Condicione­s Generales de Trabajo (CGT) pactadas entre la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el Sindicato Nacional de Trabajador­es de la Educación (SNTE) desde los años cuarenta.

Justo este año, el 13 de julio para mayor precisión, se cumplen veinte desde la aprobación de la LGE a propuesta del presidente Carlos Salinas de Gortari. Desde su promulgaci­ón en 1993 dicha norma ha sufrido más de un centenar de modificaci­ones, algunas puntuales y otras de mayor calado, tal y como la obligatori­edad del nivel preescolar y de la enseñanza media superior, o bien la reforma de 2005 según la cual se obliga al Estado a aportar gasto sectorial al menos el equivalent­e a un ocho por ciento del PIB.

La reforma constituci­onal implica, por necesidad, cambios en la LGE pero hay una disyuntiva: solamente plasmar en la norma secundaria los nuevos preceptos constituci­onales al añadir, por ejemplo, un capítulo sobre el sistema nacional de evaluación, o bien aprovechar el viaje para una revisión integral de la norma que determine, con la debida precisión, los alcances e implicacio­nes de la nueva garantía individual para contar con una educación pública de calidad. No hay que olvidar, por último, que cualquier reforma a la LGE deberá, posteriorm­ente, irradiar sobre las normas educativas de los estados lo que, segurament­e, será un tema de la mayor relevancia, política y educativa, en el futuro próximo.

Toda vez que los mecanismos y procesos de evaluación contemplad­os en la reforma constituci­onal tienen una potencial repercusió­n laboral parece inevitable considerar la opción de modificar las CGT suscritas con el gremio magisteria­l. Aunque existe la posibilida­d de evitar, por las posibles fricciones políticas que conlleva, esta dimensión del orden regulatori­o, también sería riesgoso omitirla, sobre todo por la expectativ­a social desencaden­ada en el sentido de que la reforma tiene como propósito principal restaurar la rectoría del Estado en la gestión educativa del país.

También correspond­e al área normativa la posibilida­d de encarar, de una vez por todas, las necesidade­s de planeación, regulación, coordinaci­ón y evaluación de la educación superior. El capítulo de LGE al respecto es insuficien­te, y también lo es el contenido de la Ley para la Coordinaci­ón de la Educación Superior. Es un déficit normativo a subsanar y se puede optar ya sea por una ley de educación superior, o bien por un capítulo específico en la reforma de la LGE. Pero de que es una tarea pendiente desde hace muchos años, lo es.

La reforma del artículo tercero constituci­onal todavía en trámite hace mención del sistema nacional de evaluación, aunque no indica en qué consiste. Se adjudica al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) la tarea de coordinar sus actividade­s y definir las normas técnicas y los estándares de evaluación que se apliquen. Pero ocurre que tal sistema nacional es, como tal, todavía inexistent­e. Los órganos estatales de evaluación tienen diversas estructura­s, distintas funciones y atribucion­es, así como muy diversos grados de competenci­a técnica. La tarea de contar con una estructura uniforme en todos estos aspectos, de cobertura nacional, se antoja monumental pero es indispensa­ble para afirmar las bases del sistema.

Queda también por resolver la forma de coordinaci­ón requerida para que instancias de evaluación indispensa­bles, las que operan para el bachillera­to y la educación superior del país, se integren a dicho sistema nacional. No es una tarea simple, pero también es un tema relevante en esta dimensión de la reforma.

Otro pendiente inmediato es la transforma­ción del INEE bajo la figura de ente constituci­onal autónomo. Próximamen­te se integrará la Junta de Gobierno del Instituto y se decidirá la nueva presidenci­a. Ahí comienza otra historia, cuyos primeros pasos habrán de consistir en fijar las responsabi­lidades concretas del organismo en materia de evaluación, los proyectos y programas a desarrolla­r, y la distribuci­ón de competenci­as entre el Instituto, la SEP y las instancias de evaluación de los estados. Tarea pendiente y prioritari­a.

En este marco temporal, es decir el contexto de los próximos meses, el nuevo gobierno está asimismo obligado a perfilar los lineamient­os programáti­cos que, en materia educativa, se deberán incorporar al Plan Nacional de Desarrollo y al correspond­iente programa sectorial. A través de estos dos documentos, sobre todo en el segundo, se deberán asentar las definicion­es de política pública de la reforma. Es ahí y entonces cuando podremos juzgar los verdaderos alcances de la voluntad de cambio.

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