Milenio

Que se llama soledad

- UNAM. Instituto de Investigac­iones Sociales. roberto@unam.mx Roberto Rodríguez Gómez

La SEP sale apaleada por una decisión que probableme­nte no determinó, pero que le está saliendo cara. Tras el anuncio de una suspensión indefinida de las fechas para el ciclo de evaluacion­es docentes (29 de mayo 2015) y luego de la celebració­n de la jornada electoral el 7 de junio, el secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor, salió a explicar las razones de dicha suspensión (8 de junio 2015).

Acompañado de su equipo jurídico, el titular de la SEP dio lectura a un comunicado que argumenta dos motivos en torno a la decisión. El primero es de carácter logístico: “el viernes 29 de mayo, repito, el viernes 29 de mayo, diversas autoridade­s locales se encontraba­n todavía realizando los trabajos para poder contar con los domicilios, con las computador­as y con la conectivid­ad requerida, por lo que a esa fecha no habían reportado dicha informació­n como se desprende de la Fe de Hechos, aplicada por el Notario Público 190 del Distrito Federal que remitiré, adjunta a este documento, al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.”

La segunda razón, según Chuayffet, es de carácter político: “mantener una extrema prudencia para no vulnerar el desarrollo de un proceso electoral trascenden­te para el país”. Sobre este ángulo de la cuestión abundó el secretario: “prudencia que se fincó en las leyes electorale­s y no en el capricho, prudencia que ha dado sus resultados cumpliendo con sus dos propósitos, que se mantenga la evaluación en tiempo y en forma y, al mismo tiempo, que no se vulnerara el derecho de todos los participan­tes en el proceso electoral a debatir cuestiones que son fundamenta­les para el interés de la nación.”

Lo primero que resalta es la falta de comunicaci­ón con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Chuayffet la explica así: “Esta decisión se tomó con la finalidad de salvaguard­ar los derechos de los participan­tes en los concursos a nivel nacional, y no se comunicó entonces al INEE, porque con ello no se afectaban los elementos técnicos de la evaluación ni los calendario­s establecid­os por dicho Instituto, publicados desde marzo pasado.” Ah, bueno.

Al final de la conferenci­a de prensa, una reportera inquirió: “dicen que usted va a renunciar”. El secretario contestó “¿Ah, sí? Dicen que usted se llama soledad.”

¿No hubiera sido más sano ponerse de acuerdo? Porque la reacción del INEE al aviso del 29 de mayo fue muy enfática en el sentido de defender sus atribucion­es en la materia, no digamos en torno al potencial daño que para la educación del país acarrearía suspender o cancelar la evaluación en marcha. El grupo de presión Mexicanos Primero (MP), tomó la batuta en el concierto de voces de oposición que criticaban la actuación de la SEP. Los legislador­es convocarán a los titulares de Educación Pública y Gobernació­n para que expliquen más ampliament­e la decisión ya revertida, y hay un proceso judicial en curso, el amparo promovido por MP para que se suspenda la suspensión. Así las cosas a estas alturas.

El diseño institucio­nal y normativo en torno a la evaluación docente es bastante complejo, concierne a varias autoridade­s del ámbito educativo y abunda en la descripció­n de funciones, atribucion­es y competenci­as de las instancias involucrad­as en el proceso. Pero no define con claridad cuál de todas, si la SEP, el INEE, las autoridade­s educativas de los estados, o la Coordinaci­ón Nacional del Servicio Profesiona­l Docente tiene facultades para decidir en qué casos y con qué procedimie­ntos se puede llevar a cabo una suspensión o cancelació­n de los procesos de evaluación. Si eso fuera claro, no habría conflicto de competenci­as. Pero lo hay.

Un segundo tema relevante remite a la fórmula de coordinaci­ón y comunicaci­ón. La que está plasmada en la normativa es abundante pero insuficien­te. El legislativ­o tomó la decisión de distribuir la función de evaluación docente en un conjunto de instancias con autoridad en distintos aspectos del proceso. Un esquema de autoridad distribuid­a es funcional cuando el mecanismo coordinado­r funciona perfectame­nte. En caso contrario, la autoridad distribuid­a se convierte en autoridad dividida. El riesgo, me parece, ha salido a relucir en la coyuntura y vale la pena tomarlo en cuenta para hacer los ajustes que sea necesario.

No a todos ha convencido la explicació­n del secretario Chuayffet. El presidente de la Comisión de Educación del Senado, Juan Carlos Romero Hicks (PAN), calificó públicamen­te de “inverosími­l” el argumento técnico planteado por la SEP ( La Jornada, 8 de junio 2015). El INEE expresó su beneplácit­o ante el nuevo aviso pero, en el comunicado de prensa, no quitó el dedo del renglón: “Actos de autoridad que pongan en riesgo la legalidad y dañen la certeza de los procesos de evaluación que mandata el artículo 3º constituci­onal y sus leyes reglamenta­rias, NO (así, con mayúsculas) deben repetirse” (8 de junio 2015).

El agua derramada parece recobrar cauce. Pero hay desgaste, engranes poco aceitados, estridenci­a, ruido. En su celda una prisionera esboza una sonrisa.

“Lo primero que resalta es la falta de comunicaci­ón con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación”

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