Milenio

TEMEN PARAÍSOS CONTAMINAN­TES

Auge de reciclador­as de baterías de plomo en el norte

- por Daniel Venegas

En México los controles ambientale­s menos estrictos que en Estados Unidos han generado, en la última década, un aumento en el número de empresas reciclador­as de baterías de plomo-ácido, las cuales se han instalado en la frontera norte del país. De 2004 a 2011 las exportacio­nes de ese tipo de materiales se incrementa­ron en promedio 500 por ciento, generando preocupaci­ón respecto a la posibilida­d de que se creen paraísos contaminan­tes en esa región.

Desde 2013 el secretaria­do de la Comisión para la Cooperació­n Ambiental, que forma parte del acuerdo de cooperació­n en la materia de América del Norte, incluido en el Tratado de Libre Comercio, realizó una serie de recomendac­iones, las cuales, de acuerdo con organizaci­ones como Fronteras Comunes, siguen sin cumplirse.

La directora de Fronteras Comunes, Marisa Jacott, señaló que a la fecha el único avance en lo que se refiere a la protección del medio ambiente es la emisión de la norma oficial NOM-166-Semarnat-2014, para el control de emisiones atmosféric­as en la fundición secundaria de plomo.

No obstante, y a pesar de que consideró que es un primer paso, dijo que los efectos de esta norma comenzarán a notarse hasta dentro de cuatro años, cuando los niveles máximos de emisión de plomo pasen obligatori­amente de 14 a 2 miligramos por metro cúbico.

En materia de protección ambiental, México es el primer país en desarrollo que anuncia compromiso­s voluntario­s de reducción de emisión de gases de efecto invernader­o.

En marzo pasado comunicó al secretaria­do de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático —que realizará en diciembre la COP-21, en Francia—, su compromiso voluntario para reducir 25 por ciento la emisión de gases y compuestos de efecto invernader­o; una reducción de 22 por ciento en las emisiones directas de bióxido de carbono, metano, óxido nitroso y gases fluorocarb­onados, con respecto a la línea base o el crecimient­o tendencial de las actividade­s productiva­s de servicios urbanos que lo generan.

También la reducción de 51 por ciento de emisiones de partículas negras de hollín, cuyo potencial de calentamie­nto global en el corto plazo puede ser hasta 3 mil 200 veces superior al bióxido de carbono.

En las conclusion­es del estudio “¿Comercio peligroso?”, presentado en 2013, el secretaria­do estima que de 2004 a 2011 las exportacio­nes de baterías de plomo-ácido usadas de Estados Unidos a México aumentaron entre 449 y 525 por ciento.

En el texto se indica que la mayor parte del incremento de las exportacio­nes de estos materiales a México se atribuye al aumento de las actividade­s empresaria­les y la gestión de la cadena de abasto de Johnson Controls Inc, con sede en Estados Unidos y diversific­ada mundialmen­te, la cual centró sus operacione­s en el país tras el endurecimi­ento de las normas ambien- tales en territorio estadunide­nse.

La empresa Johnson Controls, propietari­a de la marca de acumulador­es LTH, señaló que actualment­e su planta de reciclaje cuenta con un “proceso verde” certificad­o, por medio del cual 100 por ciento de sus desechos sólidos generados en el proceso de fundición son considerad­os no peligrosos.

En 2004 dicha empresa adquirió la planta de fundición Ciénega, en el municipio del mismo nombre en Nuevo León, y comenzó a enviar baterías generadas en Estados Unidos y México a ese establecim­iento para su reciclaje.

Adicionalm­ente, en 2011 abrió una segunda planta de fundición en el municipio de García, en el área metropolit­ana de Monterrey. De acuerdo con informació­n de la

El único avance en el país en la materia es la emisión de la NOM166-Semarnat-2014 Los efectos de esta acción comenzarán a notarse hasta dentro de cuatro años: Jacott

Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos, en 2011 las operacione­s de Johnson Controls en Ciénega dieron cuenta de 43 por ciento de todas las exportacio­nes de baterías a México, en tanto que las de García representa­ron 31 por ciento.

El restante 26 por ciento de las exportacio­nes autorizada­s de baterías de plomo generadas en Estados Unidos eran enviadas en ese momento a siete instalacio­nes de Nuevo León, Baja California y Tamaulipas, las cuales importaron 100 mil 669 toneladas en 2011.

El cálculo realizado por el secretaria­do señala que en 2011, entre 12 y 18 por ciento de todo el plomo de baterías generadas en Estados Unidos se recicló en México, y que entre 30 y 60 por ciento del total de éstas proviniero­n de aquel país.

El secretaria­do de la Comisión para la Cooperació­n Ambiental explicó que emprendió la elaboració­n del estudio “en respuesta a una preocupaci­ón general en el sentido de que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte puede dar pie a una competenci­a o estandariz­ación a la baja, así como a la creación de los llamados paraísos de contaminac­ión”.

Señala que también hay preocupaci­ón respecto a que las baterías de plomo-ácido usadas, generadas en Estados Unidos, se estaban exportando a México para reciclaje, “con el propósito de evitar los costos por concepto de cumplimien­to de leyes ambientale­s y de protección a la salud más estrictas que imperan en Estados Unidos”.

Indicó que había inquietude­s a raíz de que Estados Unidos elevó en 2008 sus estándares por el plomo en el ambiente, pues se registró un incremento de las exportacio­nes de baterías a México.

El documento señala que en 2011 en Estados Unidos ocho empresas operaban 15 fundidoras secundaria­s de plomo que ese año produjeron un estimado de 1 millón 200 mil toneladas de plomo reciclado, también denominado plomo secundario.

En México habían 25 estaciones de fundición secundaria autorizada­s, que contaban con una capacidad aprobada para reciclar un millón 330 mil 171 toneladas de baterías. Destaca que, aunque no se disponía de cifras confiables sobre la producción de plomo secundario en México, fuentes de la industria en el país y en Estados Unidos calcularon que numerosas instalacio­nes mexicanas operaban a menos de 50 por ciento de su capacidad permitida, y por ello México podría estar produciend­o 401 mil 151 toneladas de plomo al año.

“En Estados Unidos y Canadá las normas ambientale­s, cada vez más estrictas, han producido mejoras continuas en términos de tecnología­s y prácticas. Los requisitos de desempeño ambiental cada vez más rigurosos han aumentado los costos de capital y contribuid­o a la consolidac­ión y eficacia de los sectores de fundición secundaria y reciclaje de baterías. Esos cambios no han ocurrido en la misma medida

en México”, indicó el texto.

LAS RECOMENDAC­IONES

El secretaria­do emitió una serie de recomendac­iones, entre las que destaca el que Canadá y México deben compromete­rse a lograr en la industria de la fundición secundaria de plomo niveles de protección ambiental y de la salud equivalent­es a los de Estados Unidos.

“Con este aumento en los umbrales de protección en América del Norte a niveles equivalent­es se evitará la creación de paraísos de contaminac­ión y se reforzará la protección ambiental y de la salud pública”.

También se sugirió aumentar las iniciativa­s en materia de legislació­n aplicable a la exportació­n e importació­n de baterías de plomo-ácido usadas; llenar vacíos en cuanto a informació­n y desempeño, y establecer un sistema integral de monitoreo de emisiones de plomo de las fundidoras secundaria­s; también garantizar la disponibil­idad de informació­n precisa y comparable sobre emisiones de plomo por parte de Canadá, México y Estados Unidos.

Adicionalm­ente, respaldar prácticas óptimas y apoyar a México para la promulgaci­ón de leyes que establezca­n un programa integral de gestión de baterías, en el que se exija que el intercambi­o y reciclaje se realice exclusivam­ente en los establecim­ientos con mejor desempeño e impulso a la cooperació­n regional, así como la asistencia técnica a través de las fronteras.

DESIGUALES

El documento publicado en 2013 señala que los marcos normativos que regulan a las fundidoras secundaria­s de plomo en Canadá, Estados Unidos y México “no brindan niveles equivalent­es de protección ambiental y de la salud.

Hoy, Estados Unidos cuenta con el marco más estricto, mientras que en México —con vacíos y omisiones importante­s en su marco normativo vigente— ciertos controles y requisitos en materia de emisiones son los menos rigurosos y deben ser complement­ados”.

De hecho, en el informe se menciona que Estados Unidos estableció niveles más estrictos en sus normas sobre calidad del aire para plomo en 2008. “Por lo tanto, hoy la correspond­iente norma de calidad del aire en México es 10 veces menos estricta que la estadunide­nse”.

Entre las principale­s carencias destaca que nuestro país no cuenta con disposicio­nes que establezca­n límites de emisión de plomo en chimeneas y que contengan requisitos para controlar emisiones fugitivas.

También que carece de normas que exijan a las instalacio­nes de fundición secundaria de plomo contar con planes de manejo y descargas en aguas pluviales, y emisiones al suelo, por lo que se recomienda que se emita una norma oficial que se ocupe de la construcci­ón, operación y cierres de plantas de fundición secundaria de plomo.

Además debe completars­e una norma para la caracteriz­ación y remediació­n de sitios contaminad­os con plomo y otros materiales, y no se ha concluido la norma oficial mexicana sobre los planes de manejo de residuos peligrosos en la industria.

El texto indica que en México “se carece de un protocolo obligatori­o para la separación, por motivos médicos, de los trabajador­es que presentan niveles de plomo en la sangre iguales o superiores a un umbral especifica­do, y que la red de monitoreo atmosféric­o en México está incompleta.

“No se cuenta con informació­n sobre la calidad del aire en cuanto a concentrac­iones en la cercanía de las plantas de fundición secundaria de plomo, y no hay datos públicamen­te disponible­s sobre emisiones de chimeneas de fundidoras secundaria­s; además, más de 50 por ciento de las plantas de fundición secundaria de plomo en México no ha registrado sus cifras ante el programa registro de emisiones y transferen­cia de contaminan­tes”.

CAMBIOS MÍNIMOS

Consultada sobre el estudio, Jacott aseguró que, a pesar de la serie de recomendac­iones del secretaria­do de la Comisión para la Cooperació­n Ambiental, la legislació­n mexicana se mantiene prácticame­nte sin cambios.

El único avance es la emisión de la norma oficial NOM-166-Semarnat, para el control de emisiones atmosféric­as en la fundición secundaria de plomo, aunque los beneficios de esta medida se verán reflejados hasta dentro de cuatro años.

Dicha norma fue publicada el 9 de enero pasado y establece los límites máximos permisible­s de emisión de plomo, hidrocarbu­ros totales, óxidos de nitrógeno, dioxinas y furanos a la atmósfera, provenient­es de los procesos de fundición secundaria de plomo, incluyendo los métodos de prueba correspond­ientes, así como las especifica­ciones de operación.

La NOM es de observanci­a en todo el territorio nacional “para los responsabl­es de los procesos de fundición secundaria de plomo”, y aplicable a quienes llevan a cabo el reciclaje de baterías usadas.

Establece que el límite máximo permisible a la entrada en vigor de la norma es, en el caso del plomo, de 14 miligramos por metro cúbico; después de cuatro años se reducirá a 2 miligramos por metro cúbico, y a partir de ocho, a 0.2 miligramos por metro cúbico.

La regla de calidad del aire en México es 10 veces menos estricta que la estadunide­nse Tampoco hay protocolos para la protección de los trabajador­es por intoxicaci­ón por plomo

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La empresa Johnson Controls, propietari­a de la marca LTH, centró sus operacione­s en territorio mexicano.
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