Emite directrices la PGR para casos de posible tortura
Deberán ser acatadas por el MPF, peritos en medicina y psicología y demás personal
La Procuraduría General de la República (PGR) emitió un acuerdo que empezará a regir este martes y que dicta al personal de la institución las directrices que deberán seguir para la aplicación del dictamen pédico psicológico especializado para casos de posible tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
El acuerdo publicado en el Diario OficialdelaFederación menciona los lineamientos que deberán ser acatados por los agentes del Ministerio Público de la Federación, peritos en medicina y psicología y demás personal de la PGR, para los casos en que se presuma la comisión del delito de tortura.
Sobre las diligencias que se deberán realizar ante la posible comisión del delito de tortura se menciona que los agentes del MPF, cuando adviertan lesiones a un detenido, reciban una denuncia de hechos, partes informativos, informes o vistas que emitan jueces o magistrados, en la que se advierta un posible caso de tortura, deberán remitirla a la unidad administrativa competente para iniciar la investigación correspondiente.
En casos de flagrancia o urgencia, los agentes deberán realizar las diligencia necesarias, que no admitan demora e informar a la autoridad competente del asunto; así como solicitar la intervención de los peritos médicos y psicólogos especializados en la aplicación del dictamen médico psicológico.
Cuando se presente personalmente la presunta víctima a hacer del conocimiento del agente del MPF, se evitarán dilaciones innecesarias y se le hará saber el derecho que tiene a decidir si declara inmediatamente en la agencia donde esté presente o acudir ante las autoridades competentes; también se le informará que su denuncia será turnada a estas autoridades, con domicilio en la Ciudad de México.
Las autoridades deberán tomar acciones para resguardar la secrecía de la presunta víctima
Asimismo, se enfatiza que cuando se trate de actos atribuibles a servidores públicos de la PGR, los agentes del MPF notificarán inmediatamente a la Visitaduría General, para que a través de la Dirección General de Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la institución se inicie y determine la investigación correspondiente.
En el caso de actos atribuibles a servidores públicos de otras instancias de la administración pública federal u otros poderes de la Federación, o inclusive de algún organismo autónomo, los MPF deberán notificar el asunto inmediatamente a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales, para que a través de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales, se inicie y determine la investigación correspondiente.
En todos los casos los agentes del Ministerio Público de la Federación deberán dar el aviso respectivo a la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad.
La documentación fotográfica de los casos de tortura sólo la podrán llevar a cabo los médicos que apliquen el dictamen, para el debido resguardo de la intimidad de la persona examinada.
Las fotografías del dictamen de la víctima únicamente podrán estar a disposición de las autoridades, salvo que la presunta víctima autorice expresamente lo contrario. m