Milenio

Juez avala deducir al 100% gastos personales

- Rubén Mosso/México

Un juez federal emitió un criterio que permitirá a los contribuye­ntes, por el momento, deducir gastos personales al ciento por ciento, mismos que desde 2014 ya no permite la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Fernando Silva García, juez octavo de distrito en Materia Administra­tiva en el DF, calificó el mencionado estatuto de regresivo e inequitati­vo.

En el juicio entablado por 15 contribuye­ntes, el juzgador otorgó un amparo para que a los quejosos se les deduzcan honorarios médicos, dentales, hospitalar­ios, gastos funerarios, intereses por créditos hipotecari­os, primas por seguros de gastos médicos, aportacion­es complement­arias de retiro y transporta­ción escolar.

El fallo aún puede ser impugnado por el Servicio de Admi- nistración Tributaria (SAT) ante un tribunal colegiado e incluso el asunto puede llegar hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La limitación a las deduccione­s personales, indicó en su sentencia, es regresiva e inequitati­va en virtud de que, por una parte, se disminuye injustific­adamente el nivel de tutela y promoción de los derechos fundamenta­les de carácter social que los individuos tenían para cubrir las necesidade­s primarias como la salud, vivienda y seguridad social y, por otra parte, se sacrifica en mayor medida a las personas físicas con menores ingreso.

En ese contexto, el juez concedió el amparo a los quejosos afectados por la norma reclamada para el efecto de que no se les aplique en el presente y futuro lo previsto en el artículo 151, último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente a partir de 2014. m

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