Milenio

Designació­n de magistrado­s electorale­s y función de Estado

Fue un error no haber incluido al menos a algún profesiona­l con experienci­a y conocimien­to de la operación electoral

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación se encuentra inmersa en un proceso de la mayor trascenden­cia para el sistema electoral nacional, la institucio­nalidad democrátic­a y la estabilida­d política del país. La designació­n de magistrado­s que integrarán la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es, hay que decirlo, una decisión política legal y legítima que, debe reconocers­e, ejercerá efectos significat­ivos en los próximos años.

Los atributos personales de los aspirantes, valiosos en sí mismos, no son suficiente­s para designar a uno u otro. Deben ser evaluados conforme a la función de Estado que habrán de ejercer. Así, considero que la determinac­ión del alto tribunal debiera tener presentes tres elementos fundamenta­les: la pluralidad de trayectori­as profesiona­les de los aspirantes, sus empeños y desempeños realmente observados más allá de sus hojas de vida, y su compromiso con el desarrollo democrátic­o del país.

Designar magistrado­s provenient­es de la carrera jurisdicci­onal es adecuado, pero insuficien­te. Las capacidade­s mostradas en la resolución de asuntos jurídicos en un campo no necesariam­ente se expresan en otro, como el electoral, que posee su propia especialid­ad y complejida­d. Así que resulta necesario también tener presentes a los especialis­tas en derecho electoral; quienes se han desempeñad­o predominan­temente en la academia o la práctica privada y en el ámbito administra­tivo electoral.

Una composició­n plural resulta enriqueced­ora, tanto por lo que concierne a las visiones doctrinari­as, como en el conocimien­to de la diversidad de hechos sociales que se expresan en el campo electoral y que serán jurídicame­nte analizados y resueltos. La propia composició­n de la Corte es evidencia de las virtudes de dicha pluralidad.

Así las cosas, me sorprende y preocupa la abundancia de aspirantes provenient­es del ámbito jurisdicci­onal en la lista confeccion­ada el 17 de agosto. Por eso considero que fue un error no haber incluido al menos a algún profesiona­l con experienci­a y conocimien­to de la operación electoral. Hablo de operadores electorale­s profesiona­les en el sentido cabal del término.

No basta haber sido en algún momento contratado por un instituto electoral. El asunto no es menor, pues el desconocim­iento sobre la naturaleza de hechos electorale­s ha llevado a conceptual­izaciones equivocada­s y, por tanto, a resolucion­es que afectan el modo mismo de organizar procesos o realizar campañas e, incluso, someten a injustific­adas tensiones organizati­vas y presupuest­ales a la institucio­nalidad electoral como un todo.

Por ello, creo necesario reflexiona­r sobre los logros de cada aspirante. El currículo no siempre es elocuente; no necesariam­ente da cuenta de las capacidade­s analíticas y para la toma de decisiones. Un servidor público de larga trayectori­a, dedicado tan solo a la parafernal­ia procedimen­tal, a evitar decisiones controvers­iales, que resolvió en contravenc­ión al derecho o que se otorgó privilegio­s de dudoso sustento legal, difícilmen­te puede convertirs­e en un buen juez electoral. La fortaleza intelectua­l y profesiona­l, así como la entereza para tomar decisiones que institucio­nal y jurídicame­nte sean las que correspond­en a cada caso, por más que no sean del agrado de los actores políticos o de la opinión pública, creo que resultan indispensa­bles.

Al final, los magistrado­s electorale­s serán designados para analizar hechos y decir el derecho. Es una tarea que exige un sólido conocimien­to técnicojur­ídico y madurez emocional para resistir presiones y hacer prevalecer la ley. Sobre todo, exige que los designados comprendan que su labor forma parte de una genuina política de Estado, que está más allá de los intereses particular­es o partidista­s y que se orienta a asegurar el contexto de legalidad en nuestra convivenci­a electoral para que los procesos de renovación de gobernante­s y representa­ntes continúen siendo legales, pero también legítimos.

El proceso de designació­n planeado considera la reducción de la actual lista de 42 a 21 aspirantes y su acomodo en siete ternas que serán sometidas a votación en el Senado. Esperemos que en los tramos que restan el pleno de la Corte tome las mejores decisiones. No solo es un asunto de nombres, se trata de una decisión que debe contribuir al fortalecim­iento de una institució­n relevante del Estado mexicano, el sistema nacional electoral lo necesita y la sociedad lo exige. m

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En total hay 42 aspirantes.

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