Designación de magistrados electorales y función de Estado
Fue un error no haber incluido al menos a algún profesional con experiencia y conocimiento de la operación electoral
La Suprema Corte de Justicia de la Nación se encuentra inmersa en un proceso de la mayor trascendencia para el sistema electoral nacional, la institucionalidad democrática y la estabilidad política del país. La designación de magistrados que integrarán la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es, hay que decirlo, una decisión política legal y legítima que, debe reconocerse, ejercerá efectos significativos en los próximos años.
Los atributos personales de los aspirantes, valiosos en sí mismos, no son suficientes para designar a uno u otro. Deben ser evaluados conforme a la función de Estado que habrán de ejercer. Así, considero que la determinación del alto tribunal debiera tener presentes tres elementos fundamentales: la pluralidad de trayectorias profesionales de los aspirantes, sus empeños y desempeños realmente observados más allá de sus hojas de vida, y su compromiso con el desarrollo democrático del país.
Designar magistrados provenientes de la carrera jurisdiccional es adecuado, pero insuficiente. Las capacidades mostradas en la resolución de asuntos jurídicos en un campo no necesariamente se expresan en otro, como el electoral, que posee su propia especialidad y complejidad. Así que resulta necesario también tener presentes a los especialistas en derecho electoral; quienes se han desempeñado predominantemente en la academia o la práctica privada y en el ámbito administrativo electoral.
Una composición plural resulta enriquecedora, tanto por lo que concierne a las visiones doctrinarias, como en el conocimiento de la diversidad de hechos sociales que se expresan en el campo electoral y que serán jurídicamente analizados y resueltos. La propia composición de la Corte es evidencia de las virtudes de dicha pluralidad.
Así las cosas, me sorprende y preocupa la abundancia de aspirantes provenientes del ámbito jurisdiccional en la lista confeccionada el 17 de agosto. Por eso considero que fue un error no haber incluido al menos a algún profesional con experiencia y conocimiento de la operación electoral. Hablo de operadores electorales profesionales en el sentido cabal del término.
No basta haber sido en algún momento contratado por un instituto electoral. El asunto no es menor, pues el desconocimiento sobre la naturaleza de hechos electorales ha llevado a conceptualizaciones equivocadas y, por tanto, a resoluciones que afectan el modo mismo de organizar procesos o realizar campañas e, incluso, someten a injustificadas tensiones organizativas y presupuestales a la institucionalidad electoral como un todo.
Por ello, creo necesario reflexionar sobre los logros de cada aspirante. El currículo no siempre es elocuente; no necesariamente da cuenta de las capacidades analíticas y para la toma de decisiones. Un servidor público de larga trayectoria, dedicado tan solo a la parafernalia procedimental, a evitar decisiones controversiales, que resolvió en contravención al derecho o que se otorgó privilegios de dudoso sustento legal, difícilmente puede convertirse en un buen juez electoral. La fortaleza intelectual y profesional, así como la entereza para tomar decisiones que institucional y jurídicamente sean las que corresponden a cada caso, por más que no sean del agrado de los actores políticos o de la opinión pública, creo que resultan indispensables.
Al final, los magistrados electorales serán designados para analizar hechos y decir el derecho. Es una tarea que exige un sólido conocimiento técnicojurídico y madurez emocional para resistir presiones y hacer prevalecer la ley. Sobre todo, exige que los designados comprendan que su labor forma parte de una genuina política de Estado, que está más allá de los intereses particulares o partidistas y que se orienta a asegurar el contexto de legalidad en nuestra convivencia electoral para que los procesos de renovación de gobernantes y representantes continúen siendo legales, pero también legítimos.
El proceso de designación planeado considera la reducción de la actual lista de 42 a 21 aspirantes y su acomodo en siete ternas que serán sometidas a votación en el Senado. Esperemos que en los tramos que restan el pleno de la Corte tome las mejores decisiones. No solo es un asunto de nombres, se trata de una decisión que debe contribuir al fortalecimiento de una institución relevante del Estado mexicano, el sistema nacional electoral lo necesita y la sociedad lo exige. m