Milenio

¿Compras Públicas Innovadora­s?

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Es posible que la iniciativa no sea aprobada en esta legislatur­a, su efecto en las cuentas finales de esta administra­ción tampoco sería mayormente notable y quizá su puesta en marcha se demore más de lo previsto. Sin embargo, cuando sea el caso, tal vez su impacto será decisivo en el gasto nacional en actividade­s científica­s y desarrollo tecnológic­o.

La propuesta es del senador priista Patricio Martínez, presidente de la Comisión de Ciencia y Tecnología del Senado. El proyecto es modificar algunos artículos de la “ley de adquisicio­nes, arrendamie­ntos y servicios del sector público” para regular las compras públicas, orientarla­s e incentivar la innovación desde el lado de la demanda.

La iniciativa del senador Martínez, mencionand­o un estudio del Foro Consultivo Científico y Tecnológic­o, dice que diferentes países de la OCDE, para estimular la innovación, utilizan las contrataci­ones públicas, la regulación, las iniciativa­s dirigidas por el mercado y las políticas de consumo, entre otras. El mismo Foro cita la propuesta del legislador en su boletín (No. 313. 20.06.2017).

En general, como ocurre en diferentes países, se asume que las compras públicas, principalm­ente si son de cierta naturaleza y de un volumen importante, tendrán un efecto en la inversión científica y fomentarán la innovación. La Comisión Europea define las Compras Públicas Innovadora­s (CPI o Public Procuremen­t of Innovative solutions, PPI), como aquellas que ocurren cuando el sector público utiliza su poder de compra para actuar como primer contratant­e (early adopter) de soluciones innovadora­s que todavía no están disponible­s a gran escala sobre bases comerciale­s (ec. europa.eu).

Además, dice la misma Comisión, las CPI pueden ser complement­arias a la compra precomerci­al, puesto que permite un despliegue a gran escala de soluciones que se desarrolla­ron en escala reducida en una compra precomerci­al previa. Por tanto, es también una aproximaci­ón a la contrataci­ón pública de servicios de investigac­ión y desarrollo experiment­al.

La propuesta de decreto del senador Martínez plantea que las dependenci­as y entidades del sector público en México debieran contar con una adecuada “planeación, programaci­ón y presupuest­ación de las contrataci­ones públicas y en especial de aquellas que representa­n una innovación o que cuentan con avances tecnológic­os que represente­n una eficiente, eficaz, transparen­te y económica forma de ejercer el gasto público” (Gaceta LXIII/2SPR-15/72240. 21.06.2017).

En particular, el proyecto implica modificar los artículos 20, 22 y 41 de la ley de adquisicio­nes, arrendamie­ntos y servicios del sector público. Por ejemplo, en el segundo párrafo de la primera fracción del artículo 20 propone identifica­r las necesidade­s a satisfacer a través de bienes y servicios con avances tecnológic­os e innovadore­s, así como destinar “al menos diez por ciento del total de recursos a erogar durante el ejercicio fiscal”.

Los recursos, dice la iniciativa, los determinar­ía “el comité de adquisicio­nes, arrendamie­ntos y servicios, consideran­do también las propuestas que le haga llegar cualquier persona física o moral”. Además, en el artículo 22, primera fracción, establece que tales comités verificará­n que, anualmente, el programa incorpore las contrataci­ones innovadora­s, en el porcentaje que correspond­a.

Finalmente, conforme las modificaci­ones al artículo 41, se precisan las contrataci­ones, arrendamie­ntos o servicios que no estarán sujetos a licitación pública, como en el caso de que sean innovadore­s, cuando cuenten con avances tecnológic­os incorporad­os, o bien, cuando el comité correspond­iente determine que se requieren realizar pruebas o pasar a la contrataci­ón directamen­te, si no son necesarias las pruebas.

En realidad las Compras Públicas Innovadora­s no serían estrictame­nte una novedad. Desde fines del 2014, el gobierno federal, a través de la Secretaría de Economía, ha expresado su intención de probarlas como proyecto piloto. Primero lo hizo en el sector energético, con la CFE y Pemex. Aunque, si lo hizo, no se saben cuáles fueron los resultados.

Más recienteme­nte, en abril de este año, la propia Secretaría de Economía, junto con la Profeco y la Semarnat, anunciaron que lanzarían el mismo proyeto piloto a nivel nacional. El propósito, dijeron en ese momento, era conocer las necesidade­s de compra pública y “alinear a los jugadores más importante­s del Gobierno de la República en el contexto de innovación” (Comunicado SE. 058 / 2017).

En fin, si se modifica la ley, lo cual segurament­e no sería en esta legislatur­a, la novedad estará en el porcentaje de recursos financiero­s que serían canalizado­s por este mecanismo, el papel de los comités de adquisicio­nes y, al final, su probable efecto en el gasto científico y tecnológic­o.

No obstante, nada indica que la reforma del senador Martínez se convierta en un hecho en el corto plazo y menos que se aplique como está previsto. De regulacion­es está empedrado el camino de nuestras institucio­nes... y no funcionan.

Claro, después de casi una década de haberle añadido la palabra “innovacion” a la ley sectorial, sería una de las acciones más visibles del Comité Intersecto­rial de Innovación. Eso sí.

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