Pese a reclamos, la Suprema Corte abre la puerta a más reos
Sentenciados con el anterior código podrán recurrir al nuevo para buscar su libertad
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una tesis de jurisprudencia que beneficiará a todas aquellas personas que fueron llevadas a la cárcel en el viejo sistema de justicia penal, ya que podrán recuperar su libertad bajo caución siempre y cuando enfrenten delitos que actualmente no merecen prisión preventiva oficiosa y no representen un peligro para la sociedad.
El cambio de situación de los sospechosos no será automático, pues para que alcancen su libertad tendrán que solicitar audiencia, en la cual el Ministerio Público puede alegar ante el juez de control que el indiciado representa un peligro.
En meses recientes, gobernadores, funcionarios federales y asociaciones civiles han asegurado que el aumento de la violencia en el país se debe a que una gran parte de los acusados por el delito de portación de armas de fuego recuperan su libertad bajo caución, ya que el nuevo Sistema de Justicia aprobado por el Congreso de la Unión no contempla ese ilícito con prisión preventiva oficiosa.
Los ministros de la Sala resolvieron una contradicción de tesis suscitada entre dos tribunales colegiados, que discrepaban si los beneficios que brinda el nuevo Sistema de Justicia Penal podían o no aplicarse a los acusados en el anterior sistema.
Con los votos a favor de José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la Sala determinó que el artículo Quinto Transitorio del Código Nacio-
El cambio de situación no será automático, ya que los presos deben primero pedir audiencia
nal de Procedimientos Penales aprobado por el Congreso de la Unión sí es aplicable para que los inculpados procesados en el sistema penal mixto soliciten la revisión, modificación y sustitución de la prisión preventiva por otras medidas cautelares.
La prisión preventiva oficiosa solo se aplica en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley contra la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
Mientras que las leyes generales de salud, secuestro y trata de personas también establecen los supuestos que ameriten prisión preventiva oficiosa.
Funcionarios del Poder Judicial de la Federación señalaron que la idea del nuevo Sistema de Justicia Penal es que los procesos por delitos no graves no se lleven en la cárcel, porque de continuar como ocurría en el viejo sistema, no va haber prisión que aguante a tantos reos que pueden estar sujetos a otras medidas cautelares.
Asimismo, el nuevo sistema privilegia que muchos reos acaben penas sin necesidad de juicio, porque podrán negociar con las autoridades para que se les reduzca la sentencia. m