Desechan recursos contra la Constitución de CdMx
Los ministros deciden sobreseer las impugnaciones de Morena y Nueva Alianza, pues los partidos políticos únicamente pueden promover acciones sobre temas electorales
En las primeras revisiones que realiza la Suprema Corte de Justicia de la Nación a las impugnaciones hechas por partidos políticos y la Procuraduría General de la República (PGR) contra la Constitución de Ciudad de México, los ministros decidieron sobreseer la acción de inconstitucionalidad promovida por Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), que reclamaba que el documento no fue sometida a referendo.
El argumento de los jueces fue que las impugnaciones fueron hechas por un partido político y que no se tratan de asuntos electorales, que son los únicos temas por los que un partido político puede promover acciones ante la Suprema Corte. “Se trata de una participación directa del pueblo ciudadano frente al poder público, en este caso del Poder Legislativo, porque como he señalado, pasa a formar parte del proceso legislativo, sin que para ello se utilice o acuda a un esquema de carácter electoral. “Por lo tanto, se concluye que el promovente no tiene legitimación para cuestionarlo y lo procedente es sobreseer la acción 15/2017, respecto de este aspecto”, explicó el ministro ponente, Javier Laynez Potisek.
Ocho ministros votaron en favor del proyecto presentado por Laynez, mientras que otros tres difirieron.
Al respecto, el ministro Alfredo Gutiérrez Mena opinó que no se debería sobreseer el tema del referendo, pues los artículos en
Reclamaban falta de referendo, la integración del cabildo y falta de consultas
cuestión “abordan una temática electoral y, por lo tanto, los partidos, desde mi punto de vista, están legitimados para impugnar. “Eso no quiere decir que coincida con el fondo o con los argumentos del partido político, simplemente considero que no se deben de sobreseer en este apartado, estos argumentos, por tratarse de una materia electoral”, afirmó.
Su opinión fue respaldada por los ministros José Ramón Cossío Díaz y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Por un criterio similar fue sobreseída la impugnación del Partido Nueva Alianza, que reclamó la forma de integración del Cabildo de la Ciudad de México. “El Partido Nueva Alianza no está facultado por la Carta Magna para impugnar la constitución de estos órganos de Ciudad de México”, expuso el ministro ponente.
En la sesión de ayer también se analizó la impugnación que formuló el titular de la Procuraduría General de la República para invalidar artículos de la Constitución porque presuntamente no se realizó la consulta respectiva a personas con discapacidad y porque la que sí se realizó a las comunidades indígenas no fue acorde con los parámetros dictados por la Corte.
El ministro ponente propuso que ambos argumentos fueran declarados infundados, ya que en la aprobación de la Constitución Política de Ciudad de México no existía una obligación para realizar tales consultas.
No obstante, argumentó que en el proceso se recibieron más de 978 propuestas, entre las que hay más de 10 referidas de manera específica a comunidades indígenas y más de 12 para personas con discapacidad que fueron recibidas por la Asamblea Constituyente.
Al terminar la sesión, se logró unanimidad de 11 votos, en el sentido de que sí existió la consulta en materia indígena, y una mayoría de seis votos en el sentido de que también existió, en los términos de los antecedentes, la consulta respecto de personas con discapacidad.
Sin embargo, algunos ministros pidieron consultar con mayor profundidad los expedientes relacionados con el tema, por lo que el ministro presidente Luis María Aguilar Morales ordenó levantar la sesión y continuar con el análisis del caso para este martes. M