Cisen debe abrir contratos sobre intervención de comunicaciones
El Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) deberá entregar los contratos y convenios suscritos con empresas proveedoras de software para intervenir comunicaciones, en el contexto del Sistema de Inteligencia Nacional, y hacer una búsqueda de aquellos relacionados con la adquisición del programa denominado Pegasus.
Así lo ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), luego de que la comisionada Areli Cano Guadiana expuso el caso de un particular ante el pleno.
Durante su explicación, mencionó que un particular solicitó los convenios suscritos en el contexto del Sistema de Inteligencia Nacional con empresas que venden software de espionaje, así como el contrato de adquisición del malware Pegasus, pidiendo se especificara cómo son utilizados para espiar a la población mexicana. “En respuesta, el Cisen señaló que no localizó expresión documental relacionada, pues dentro sus facultades no se encuentra la investigación de individuos, sino de riesgos y amenazas a la seguridad nacional, de acuerdo con la Ley en la materia”, comentó.
Sin embargo, agregó, en alegatos, el órgano desconcentrado reiteró su respuesta inicial y puntualizó que su cometido es preservar la seguridad nacional, y no la de espiar, la cual es un delito tipificado en el Código Penal Federal. “La transparencia y el acceso a la información juegan un papel fundamental para verificar la manera en que el Cisen ejerce su atribución de intervenir las comunicaciones de los particulares con apego a la legalidad, a fin de combatir las amenazas a la seguridad del país”, dijo.
Resaltó que en este caso, “el derecho a saber resulta un medio idóneo para tener conocimiento de la tecnología utilizada en labores de seguridad, a partir de los contratos correspondientes, así como de las condiciones, los proveedores y los costos de adquisición, rubros que podrían desprenderse de los documentos requeridos por el particular”.
Ante ello, en el análisis del caso
Un particular solicitó los convenios suscritos en el contexto del Sistema de Inteligencia Nacional
se determinó que no existe certeza del criterio de búsqueda utilizado por el Cisen, toda vez que se limitó a la literalidad de la palabra “espionaje” y acotó la interpretación de lo peticionado a los alcances legales de dicha actividad.
Asimismo, se comprobó que el sujeto obligado omitió tomar en cuenta que, de conformidad con la normatividad aplicable y como integrante del Sistema Nacional de Seguridad, en su labor de inteligencia, el órgano desconcentrado cuenta con atribuciones para intervenir comunicaciones privadas, lo cual debe ser autorizado por la autoridad judicial, siempre y cuando esté dentro de uno de los supuestos previstos como “amenazas a la seguridad de la nación”.
Subrayó que si bien el solicitante hizo alusión a un software para espionaje, lo cierto es que los particulares no están obligados a conocer ni a usar los conceptos jurídicos precisos, y mucho menos sus implicaciones. M