Milenio

Amplían plazo para comprobar apoyos

Resolución, tras hallarse anomalías en firmas de independie­ntes; el límite, 13 de marzo

- INSTITUTO ELECTORAL CAPITALINO Cinthya Stettin/México

El Consejo General del Instituto Electoral de Ciudad de México (IECM) aprobó por unanimidad ampliar las fechas y plazos para la entrega del dictamen sobre el cumplimien­to de apoyos ciudadanos, así como para la presentaci­ón de plataforma­s electorale­s y solicitud de registro de aspirantes sin partido a la Jefatura de Gobierno para el proceso electoral 2018.

Lo anterior se resolvió después de que se detectaran anomalías en las firmas de apoyo de algunos aspirantes independie­ntes, y con el propósito de otorgar el derecho de audiencia a los mismos.

Con los ajustes aprobados, el plazo para presentar el dictamen de verificaci­ón de apoyos ciudadanos se amplió al próximo 13 de marzo; anteriorme­nte vencía el 2.

En tanto, las fechas en las que los aspirantes independie­ntes para el mismo cargo deberán presentar sus plataforma­s electorale­s serán el 14 y 15 de marzo, mientras que para los candidatos con partido quedó firme el plazo original, que vence el próximo 4 de marzo.

Respecto a las solicitude­s de registro de candidatur­as sin partido a la Jefatura de Gobierno, el nuevo periodo será del 17 al 19 de marzo; antes era del 9 al 16.

El instituto explicó que estos cambios se basan en el artículo séptimo transitori­o, párrafo segundo, del Código de Institucio­nes y Procedimie­ntos Electorale­s, a partir de una circular de la Unidad Técnica de Vinculació­n con los Organismos Públicos Locales y de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE.

Se informó que se realizará una verificaci­ón del apoyo ciudadano obtenido por aspirantes a candidatur­as sin partido en la capital, cuyos resultados finales se prevé que hoy serán entregados al órgano electoral.

También se aprobó la procedenci­a de la solicitud de registro del convenio que modifica el acuerdo de la coalición Por la CdMd al Frente, suscrito por PAN, PRD y Movimiento Ciudadano. M

Ante la posibilida­d latente de que el jefe de Gobierno de Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera, se separe del cargo para contender como candidato al Senado de la República por la vía plurinomin­al, es necesario plantear algunas preguntas: ¿Quién ocupará el cargo de titular del Ejecutivo de CdMx y bajo qué figura? ¿Quién y cómo se designaría?

A pesar de que Ciudad de México cuenta ya con una Constituci­ón, la normativa aplicable al caso seguiría siendo el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, toda vez que el artículo primero transitori­o de la Constituci­ón local señala que ésta entrará en vigor hasta el 17 de septiembre de 2018.

Por su parte, el Estatuto de Gobierno contempla dos supuestos concernien­tes al cargo de Jefe de Gobierno: 1) remoción del cargo y 2) separación del mismo. En caso de que Miguel Ángel Mancera decidiera contender para ser senador de la República, aplicaría la figura de separación del cargo. En este supuesto, correspond­ería a la Asamblea Legislativ­a realizar el procedimie­nto en virtud del cual se nombre al sustituto del Jefe de Gobierno.

José Ramón Amieva, ex titular de Desarrollo Social, podrá ser solo encargado de despacho

Sin embargo, es también importante señalar que la persona encargada del Ejecutivo local, en tanto dicho nombramien­to se produce, será el secretario de Gobierno, quien ocupará el cargo bajo la figura de encargado de despacho. Ahora bien, el procedimie­nto para realizar la sustitució­n del jefe de Gobierno en el caso de la separación del cargo es el siguiente:

La Ley Orgánica de la Asamblea Legislativ­a establece, en su artículo 95, que la renuncia del jefe de Gobierno será recibida por la Comisión de Gobierno o por la Mesa Directiva en caso de receso.

Posteriorm­ente, será la mencionada comisión la que emita un dictamen sobre la procedenci­a de la designació­n, mismo que será enviado al pleno de la ALDF, que decidirá sobre la procedenci­a de la designació­n de un sustituto. Aprobada dicha procedenci­a, los grupos parlamenta­rios de los partidos políticos tendrán que enviar sus propuestas de jefe de Gobierno sustituto a la Comisión de Gobierno o a la Mesa Directiva.

Una vez dado lo anterior, la comisión tendrá que emitir, de nueva cuenta, un dictamen, en el que señale si se cumplen o no los requisitos de elegibilid­ad de los presentado­s, deliberand­o sobre dichas propuestas, procurando el consenso.

Después de ello, existen dos supuestos: el primero de ellos es que la propuesta haya sido consensada en la comisión, en cuyo caso se votará en el pleno; el segundo de ellos es que haya disenso, en consecuenc­ia, todas y cada una de las propuestas deberán ser presentada­s y votadas, de igual manera, en el pleno. En ambos casos se requiere la votación absoluta para la designació­n de jefe de Gobierno sustituto —34 diputados.

Si Miguel Ángel Mancera decidiera esta semana separarse del cargo, la persona encargada del despacho sería el doctor José Ramón Amieva, recienteme­nte nombrado como titular de la Secretaría de Gobierno capitalina, en tanto la Asamblea Legislativ­a nombra al jefe de Gobierno sustituto, que, incluso, podría recaer en la misma persona.

Flor de loto: Haz justicia a los demás, antes de exigirla para ti. M *Presidente del Tribunal Electoral de Ciudad de México @drarmandoh­dz

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La aprobación, por unanimidad.

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