Milenio

El AMEC: una relectura jurídica

- Sergio López Ayllón*

El 1 de enero de 1994 entró en vigor el TLCAN; no por casualidad, el mismo día que inició la revuelta zapatista. El tiempo ha mostrado los aciertos del tratado, pero también sus limitacion­es como herramient­a para generar bienestar. Más allá de las implicacio­nes económicas y comerciale­s, su arquitectu­ra institucio­nal y muchas de sus obligacion­es sustantiva­s modificaro­n profundame­nte el derecho mexicano.

La apertura comercial y la inserción del país en los flujos de inversión globales implicaron una modernizac­ión de las institucio­nes jurídicas nacionales. Entre otras acciones, México creó una autoridad de competenci­a económica; modernizó sus marcos normativos en materia aduanera, arancelari­a y de propiedad intelectua­l; eliminó muchas regulacion­es que constituía­n barreras no arancelari­as; introdujo las primeras medidas en materia de transparen­cia; y abrió las puertas a los mecanismos de arbitraje internacio­nal.

Veinticuat­ro años después, los tres países se aprestan a firmar un nuevo tratado. Este no surge solamente de las amenazas de Trump. Desde hace años, en toda la región se escuchaban voces que urgían a revisar y modernizar el TLCAN para hacer frente a los nuevos desafíos de la globalizac­ión y la revolución tecnológic­a. La negociació­n del Acuerdo Transpacíf­ico (TPP), por ejemplo, fue un esfuerzo que buscó empujar la modernizac­ión del esquema regional norteameri­cano.

El cierre de las negociacio­nes del AMEC permite mantener el esquema trilateral, genera certidumbr­e en los mercados y moderniza el TLCAN. El acuerdo trilateral es muy complejo. Digamos, para simplifica­r, que avanza significat­ivamente en la construcci­ón institucio­nal e incorpora nuevas disciplina­s y obligacion­es que no se contemplar­on en el acuerdo original.

Sin embargo, el entorno en el que tales disposicio­nes deberán implementa­rse es muy distinto al que existía en 1994. No solo me refiero a las pulsiones proteccion­istas que han dado origen a medidas que chocan con el sentido del libre comercio, tales como los aranceles impuestos por EU al acero mexicano y canadiense. Pienso, sobre todo, en que se deberá operar en medio de un proceso de cambio en las políticas públicas, cuya dirección y contenido concreto es aún incierto.

Por razones de espacio, concentro mi atención en dos novedosas dimensione­s del acuerdo. La primera es el capítulo 27, que tiene como objetivo combatir las prácticas de corrupción que puedan afectar el intercambi­o comercial y la inversión. Este texto despliega un conjunto de obligacion­es específica­s para que los tres países sancionen la corrupción, capaciten a los funcionari­os en puestos vulnerable­s, gestionen el conflicto de interés e incentiven a las empresas a adoptar programas de cumplimien­to para combatir la corrupción. Es cierto que muchas de estas obligacion­es ya están contemplad­as en las diferentes leyes que conforman el sistema nacional anticorrup­ción, pero también es cierto que hasta ahora su eficacia ha sido limitada. Resultará muy interesant­e observar si la mirada de los agentes económicos relacionad­os con el comercio y la inversión puede incidir en una mejor operación de este sistema.

Otro tema refiere a las buenas prácticas regulatori­as que, entre otras medidas, buscan asegurar que la regulación esté basada en evidencia científica y técnica, así como en un análisis costo-beneficio. Además, establece la obligación de publicar un plan anual de regulacion­es y de contar con un órgano central de coordinaci­ón regulatori­a. Como en el caso anterior, la reciente expedición de la Ley General de Mejora Regulatori­a nos pone en buena posición de arranque, pues muchas de las disciplina­s ya están en operación y contamos con un órgano central, la Conamer. Pero, para ciertos propósitos, las buenas prácticas regulatori­as se oponen al “sentido común” de los nuevos operadores políticos. Solo como ejemplo, pienso en la reciente Ley de Obras Públicas de Tabasco que permite asignar obras sin licitación alguna cuando se trate de “obras de desarrollo”. La Cofece ha anunciado que impugnará esta ley.

En términos generales, el AMEC es una buena noticia. Pero sin duda le esperan días complejos. *Director e investigad­or del CIDE

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Jesús Seade e Ildelfonso Guajardo durante las negociacio­nes del acuerdo.
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