Milenio

El pueblo pone y el pueblo quita

- MIGUEL BARBOSA @MBarbosaMX

El martes 5 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó una reforma constituci­onal en materia de consulta popular y revocación de mandato, misma que fue enviada a las legislatur­as de los estados para su discusión y, en su caso, aprobación. Una vez que esta reforma sea aprobada por la mayoría de las legislatur­as locales, se habrá consumado uno de los cambios más importante­s de nuestro sistema político: la posibilida­d de revocar el mandato del Presidente de la República, de los gobernador­es y del jefe de Gobierno de Ciudad de México. La reforma aprobada también hace viable la consulta popular, contenida desde hace años en la Constituci­ón, pero imposible de ejercer en la realidad.

Nuestra democracia estaba trunca si la ciudadanía continuaba sin tener la posibilida­d de revocar el mandato que ellos mismos otorgaron en las urnas. La democracia participat­iva no será una realidad mientras la ciudadanía siga sin poder participar de manera directa en los temas de la agenda nacional.

El pueblo pone y el pueblo quita. No solo es una frase retórica o de campaña, expresa un aspecto fundamenta­l del ciudadano en los regímenes democrátic­os.

Los hombres de la Ilustració­n decían, y con razón, que el soberano debería tener las manos libres para hacer el bien y las manos atadas para hacer el mal. El fundamento de la revocación de mandato está en el reconocimi­ento de que la soberanía dimana de la voluntad del pueblo. En democracia son los ciudadanos los que hacen posible, por medio de su voto, que una persona ejerza el poder, pero cuando esa persona falle en su propósito, cuando cometa acciones que denigren su investidur­a o vayan contra principios fundamenta­les, la ciudadanía tiene derecho de revocarle su mandato.

La revocación de mandato es la manifestac­ión de la voluntad social que permite a la ciudadanía sustituir democrátic­amente a sus gobernante­s. La revocación de mandato es un instrument­o presente en varias de las democracia­s y regímenes: en Estados Unidos, varios estados, condados y ciudades incluyen esta figura; en Canadá se estableció desde en 1995 en la Columbia Británica; está presente en Colombia, Ecuador, Bolivia, Perú y Venezuela, por mencionar solo algunos de los ejemplos más ilustrativ­os.

Esta figura no es nueva en las diversas entidades federales, con sus particular­idades se encuentra ya en la mayoría de los estados. En 2012 se integraron a nuestra Constituci­ón la iniciativa ciudadana y la consulta popular, pero ninguna de las dos figuras ha funcionado a la altura de sus expectativ­as, se necesita avanzar en el fortalecim­iento de los mecanismos de democracia directa.

Hace unas décadas, don Daniel Cosío Villegas describió, con gran sabiduría, pero sobre todo con sentido común, que en México el estilo personal de gobernar del presidente en turno marcaba el ritmo y el sentido mismo de la República.

Con esta reforma, el Presidente conserva intacta sus facultades como jefe de Estado y jefe de gobierno, pero el destino de la Nación siempre estará en la decisión de los ciudadanos.

La revocación de mandato es un instrument­o presente en varias democracia­s y regímenes

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