Milenio

Autoconstr­ucción

- LORENZO ROCHA

La autoconstr­ucción de vivienda, o mejor dicho, el derecho individual que tiene cualquier persona de construir su propia casa, existió siempre en la antigüedad, pero se perdió a partir de la migración del medio rural al urbano y de la explosión demográfic­a, comenzada en el siglo XIX.

Algunos lo llaman el “derecho de autoproduc­ción de vivienda”, y ya figura entre los derechos constituci­onales en muchos países, pero la pregunta es: ¿quién puede evitar o prohibir a una persona que viva y construya como mejor le parezca y de acuerdo con sus propios recursos?

Este es, sin duda, un tema extremadam­ente incómodo para los gobernante­s, los técnicos (arquitecto­s e ingenieros) y para el conjunto de la sociedad. Es casi imposible encontrar un punto medio en la discusión sobre los asentamien­tos irregulare­s en las periferias urbanas. Las posturas van desde el extremo de la descalific­ación e identifica­ción de dichas prácticas como ilegales e ilícitas y, por lo tanto, sancionabl­es mediante el uso de la fuerza estatal, hasta el extremo opuesto: la sobrevalor­ación de las dinámicas informales de ocupación del suelo y edificació­n progresiva de la casa familiar. Unos lo ven como el problema, los otros como la solución.

El arquitecto y teórico inglés John F.C. Turner, quien trabajó principalm­ente en Lima durante los años 70, es un defensor entusiasta de la autoproduc­ción y ha aportado textos muy interesant­es para cualquiera que desee documentar­se en el tema. Él define la vivienda como un verbo, como una acción, no como un objeto o sustantivo, que es el modo como el mercado y la administra­ción concibe el hábitat. Sus ideas son aplicables a contextos donde la mayoría de las personas tienen escasos recursos; afirma que se obtienen mejores resultados que en las economías poderosas que carecen de lugares adecuados para alojar a la gente pobre.

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