Autoconstrucción
La autoconstrucción de vivienda, o mejor dicho, el derecho individual que tiene cualquier persona de construir su propia casa, existió siempre en la antigüedad, pero se perdió a partir de la migración del medio rural al urbano y de la explosión demográfica, comenzada en el siglo XIX.
Algunos lo llaman el “derecho de autoproducción de vivienda”, y ya figura entre los derechos constitucionales en muchos países, pero la pregunta es: ¿quién puede evitar o prohibir a una persona que viva y construya como mejor le parezca y de acuerdo con sus propios recursos?
Este es, sin duda, un tema extremadamente incómodo para los gobernantes, los técnicos (arquitectos e ingenieros) y para el conjunto de la sociedad. Es casi imposible encontrar un punto medio en la discusión sobre los asentamientos irregulares en las periferias urbanas. Las posturas van desde el extremo de la descalificación e identificación de dichas prácticas como ilegales e ilícitas y, por lo tanto, sancionables mediante el uso de la fuerza estatal, hasta el extremo opuesto: la sobrevaloración de las dinámicas informales de ocupación del suelo y edificación progresiva de la casa familiar. Unos lo ven como el problema, los otros como la solución.
El arquitecto y teórico inglés John F.C. Turner, quien trabajó principalmente en Lima durante los años 70, es un defensor entusiasta de la autoproducción y ha aportado textos muy interesantes para cualquiera que desee documentarse en el tema. Él define la vivienda como un verbo, como una acción, no como un objeto o sustantivo, que es el modo como el mercado y la administración concibe el hábitat. Sus ideas son aplicables a contextos donde la mayoría de las personas tienen escasos recursos; afirma que se obtienen mejores resultados que en las economías poderosas que carecen de lugares adecuados para alojar a la gente pobre.