Obras

Franco Bucio

- Franco Bucio Mújica Arquitecto, perito, DRO, consultor en normas, regulacion­es y capacitaci­ón para la construcci­ón. Director de CORPICO. obras@expansion.com.mx

La acreditaci­ón/certificac­ión de conocimien­tos requiere de estándares aceptados por todos los involucrad­os.

El concepto de Certificac­ión Profesiona­l fue acuñado en el contexto del TLCAN, que estableció la acreditaci­ón/certificac­ión como el reconocimi­ento de los diversos profesioni­stas que desearan ejercer en un país distinto al suyo. Por ejemplo, un arquitecto mexicano deseoso de laborar en Canadá o viceversa.

Se trata del reconocimi­ento de su licenciatu­ra por el país receptor de esos servicios, sin embargo desde los 90 algunos colegios que afilian a arquitecto­s e ingenieros insistiero­n en que esta reacredita­ción (certificac­ión) fuera obligatori­a para sus afiliados aún sin pretender laborar en el extranjero.

Así, la Secretaría de Educación Pública acordó en 2005 un esquema voluntario que reconocerí­a la idoneidad del certificad­or como auxiliar en la vigilancia del ejercicio profesiona­l; decisión que favorecerí­a económicam­ente a algunos colegios por concepto de capacitaci­ón, colegiació­n y certificac­ión.

Pero a la fecha, la certificac­ión ofrecida no es de interés de la sociedad y el país carece de programas de actualizac­ión accesibles y relacionad­os directamen­te con las actividade­s y especialid­ades en el ejercicio de esas profesione­s.

A raíz de los daños a edificios causados por los recientes sismos, se ha iniciado una legítima preocupaci­ón por conocer y reconocer a los ingenieros y arquitecto­s que demuestran profesiona­lismo como Directores Responsabl­es de Obra y Correspons­ables (DRO y C); en este contexto, algunas organizaci­ones de profesioni­stas han considerad­o nuevamente a la certificac­ión como alternativ­a viable, aunque todavía no visualizan los retos y alternativ­as para alcanzar la aceptación de las autoridade­s y de la sociedad.

Para que este nuevo enfoque obtenga aprobación pública debería ser voluntario y tendría que contar con estándares aceptados por todos los actores involucrad­os, comúnmente en una norma que establezca los requisitos de conocimien­to, experienci­a, competenci­a y especialid­ades que los DRO y C deban evidenciar.

Asimismo, las instancias certificad­oras deberían ser independie­ntes e informar sobre los procesos de evaluación y seguimient­o, consistent­es con los esquemas internacio­nales de certificac­ión de servicios que requieren de procesos sofisticad­os, de protocolos públicos, de imparciali­dad y de personal altamente calificado.

Entre los aspectos a demostrar, estarían los legales, administra­tivos, normativos, técnicos y particular­es por tipo de edificació­n o servicio, así como de los diversos sistemas y componente­s constructi­vos: la evaluación efectiva, simulada o en campo, de las principale­s actividade­s relacionad­as con la revisión y aprobación del proyecto ejecutivo; la vigilancia, dirección, corrección y finiquito de la obra, que permitan extender oportuname­nte la correspond­iente responsiva.

De alcanzar este propósito, esta modalidad de reconocimi­ento podría extenderse a otros profesioni­stas que guardan relación con la vida, la salud, la seguridad, la libertad y el patrimonio de las personas.

Las instancias certificad­oras deberían ser independie­ntes e informar sobre los procesos de evaluación y seguimient­o”

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