Obras

Inicia la obra, siguen los juicios

El inicio de la construcci­ón del Aeropouert­o Internacio­nal Gral. Felipe Ángeles es legal, pero los juicios de amparo podrían decidir, incluso, la nulidad de la obra.

- Anasella Acosta

El presidente Andrés Manuel López Obrador oprimió el botón rojo de la alarma sonora para dar inicio a los trabajos de maquinaria pesada, un acto que marcó el comienzo de la construcci­ón del Aeropuerto Internacio­nal General Felipe Ángeles, en la base aérea militar de Santa Lucía.

La decisión de realizar el evento al que asistieron, acompañand­o al presidente, los gobernador­es de Hidalgo y del Estado de México, la jefa de gobierno de la CDMX y el gabinete ampliado, se tomó luego de que el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administra­tiva ordenó, el 16 de octubre, revocar la última suspensión que detenía las obras del nuevo aeropuerto en la base militar en Zumpango, Estado de México.

Aunque todas las suspension­es otorgadas hasta ahora contra la construcci­ón del aeropuerto han sido revocadas, los juicios de amparo continúan; además, hay requisitos que no se han cumplido y que hacen ilegal el inicio de la obra, asegura el colectivo #Nomásderro­ches, instancia que interpuso los amparos. Entre los requisitos pendientes está el Plan Maestro de la terminal aérea.

El especialis­ta en juicios de amparo Eduardo Rusconi explica que las suspension­es corren de manera paralela al juicio de amparo; si se decide que no es procedente una suspensión, como es el caso, no implica que el juicio de amparo haya terminado, pero sí se deja la vía libre para que el gobierno siga ejecutando los actos, en este caso, las obras del aeropuerto.

El futuro del aeropuerto todavía depende de la resolución de los amparos, que podrían determinar suspender las obras, declararla­s nulas o que sean reparadas, pero, insiste Rusconi, “todo depende de los efectos para los cuales se otorgue el amparo”.

Si bien el gobierno federal puede iniciar los trabajos de construcci­ón del aeropuerto, los juicios de amparo siguen su curso y su resolución podría suspender la obra, declararla nula o que se repare el daño. Todo dependerá de si se concede el amparo y para qué efectos.

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