Escasean en México lideresas sindicales
Sólo 8.67% de las dirigencias sindicales están encabezadas por mujeres, un panorama que deberá empezar a cambiar cuando estas organizaciones adecuen sus estatutos a la equidad de género.
Según información de la Secretaría del Trabajo, 315 mujeres tienen cargo de secretaria general en organizaciones sindicales de competencia federal.
De éstas, 275 corresponden a secretarías generales en sindicatos, 39 a secretarías generales en federaciones y una secretaría general en confederación.
Por entidad, la distribución de las mujeres dirigentes es desigual, la mayoría se concentra en la Ciudad de México, que tiene 173; le sigue Estado de México, con 44, en tercero, Jalisco con 17.
Mientras que estados como Durango, Morelos, Zacatecas y Quintana Roo sólo tienen una mujer en el cargo de secretaria general de sindicatos, respectivamente.
La elección de mujeres como lideresas sindicales ha crecido, pues en 2010 había tres mujeres electas y el año pasado fueron ocho.
Se prevé que con la adecuación de los estatutos que ordena la Ley Federal del Trabajo, el número se incremente.
Pablo Franco, experto en temas de contratación colectiva,
“En los sindicatos nacionales, la mayoría funciona como si fuera un partido político, a través de grupos de poder que mantienen el control donde la mayoría son hombres”.
Pablo Franco, experto en contratación colectiva afirmó que en el mundo sindical no hay equidad.
Añadió que incluso los sindicatos cuya fuerza de trabajo son mujeres, las dirigencias están ocupadas por hombres.
Hay dirigencias femeninas que son impuestas, sostuvo.
“El dato que da la STPS de que ese 8% son líderes diría que son secretarias generales, vemos mucho el fenómeno de grupos sindicales que administran registros y el líder del grupo o dueño del negocio decide todo lo que se hace y a veces pone a sus hijas como secretarias generales y esos parece que son mujeres que dirigen un sindicato, pero en realidad no son tales”, indicó.
El artículo 371, apartado IX Bis, de la Ley Federal del Trabajo señala la obligación de los sindicatos a establecer en sus estatutos que en la integración de las directivas sindicales se planteará la representación proporcional en equidad de género.