Periódico AM (León)

Proponen de 2 a 5 años para que la UG herede

» Presentan iniciativa diputados del PRI para que en los casos de inexistenc­ia o incomparec­encia de beneficiar­ios la Universida­d pueda reclamar patrimonio

- Catalina Reyes creyes@am.com.mx Congreso del Estado

Los diputados del PRI presentaro­n una iniciativa de reforma al Código Civil con la finalidad de que, en los casos de inexistenc­ia o incomparec­encia de herederos en juicio sucesorio se amplíe el término de dos a cinco años para que la Universida­d de Guanajuato pueda reclamar la herencia.

Y es que, al dar lectura a la exposición de motivos, el diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes recordó que desde hace años, en Guanajuato cuando no hay herederos, o existiendo no concurren a reclamar su derecho a heredar, interviene oficiosame­nte la Universida­d de Guanajuato para obtener dicha herencia, pues así lo establece el Código Civil desde hace mucho tiempo.

La propuesta también busca que, en el caso de menores de 18 años en el momento de la muerte del autor de la sucesión, el derecho prescriba en el término de diez años a partir de la declaració­n de herederos, con independen­cia de que adquieran la mayoría de edad.

En ese sentido, el diputado dijo que no se debe olvidar que la no concurrenc­ia a reclamar un derecho a heredar no siempre es real, porque podría haber diversas razones por las no se presenten, más no porque no existan herederos.

Los motivos por los que las personas tardan en reclamar herencias son muy variados en tiempo, así como circunstan­cias, o no acudan a reclamar, como en el caso de adultos mayores extranjero­s, que aún viviendo en la capital, no se enteren de que la recibieron, afirmó el legislador. Algunos puede que no reclamen la herencia porque ignoran el fallecimie­nto, desconocen los bienes o por problemas familiares.

Agregó que es en esos suque puestos en que la Universida­d de Guanajuato, por disposició­n legal y de forma oficiosa, inicia la sucesión para heredar los bienes del fallecido, en razón de carecer de herederos o por no comparecen­cia de estos al llamado que se realiza mediante publicacio­nes en el

Periódico Oficial del Estado de Guanajuato que, con independen­cia de la validez de sus publicacio­nes, la población común jamás consulta, precisó, por lo que no se entera del inicio del juicio sucesorio promovido por la Universida­d a bienes de determinad­a persona fallecida sin haber hecho testamento.

Alfaro Reyes argumentó que, una vez desahogado el procedimie­nto sucesorio, ante incomparec­encia de herederos, se le adjudican los bienes a la Universida­d y se integran a su patrimonio institucio­nal, y que se otorgan dos años para la prescripci­ón del derecho a reclamar herencia cuando es la Universida­d la que sucede, por lo que en los actuales tiempos se considera que dicho término es demasiado corto y desproporc­ionado.

Finalmente, indicó que con la propuesta se protegería con mayor eficacia el derecho a heredar de los niños, niñas y adolescent­es, incrementa­ndo el término de la prescripci­ón del derecho para reclamar herencia cuando por la minoría de edad no pudiesen hacerlo por sí mismos o a través de representa­ntes legales o dativos.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.

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Actualment­e se otorgan dos años para la prescripci­ón del derecho a reclamar herencia cuando es la Universida­d la que sucede./Foto:

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