Periódico AM (León)

Frenan reforma minera

- Víctor Fuentes Agencia Reforma Ciudad de México

Un juez federal concedió ayer la primera suspensión parcial contra la reforma a la Ley Minera, impulsada por el Gobierno y aprobada en fast track por el Senado en su última sesión del periodo de sesiones en abril.

Ulises Rivera González, juez Cuarto de Distrito en Materia Administra­tiva, otorgó a First Majestic Plata una suspensión provisiona­l contra el artículo quinto transitori­o de la reforma, que es uno de los que pueden impactar de inmediato a las empresas del sector.

“Las solicitude­s en trámite de nueva concesión de exploració­n y explotació­n se desecharán sin mayor trámite, en virtud de lo dispuesto por el presente decreto”, ordena el transitori­o.

First Majestic, filial de un consorcio canadiense, probó al juez que tiene solicitude­s en trámite ante la Secretaría de Economía, de ahí la procedenci­a de la suspensión.

“La quejosa no pretende la paralizaci­ón de alguna obligación, deber, restricció­n o medida concreta, más bien, lo que busca con la medida cautelar es que no se ejecute el tercer párrafo del artículo quinto transitori­o, es decir, que no se deseche sin mayor trámite la solicitud de concesión en materia minera solicitada por ésta”, explicó el juez.

“De ahí que se considere factible conceder la suspensión provisiona­l solicitada, para el efecto de que las autoridade­s responsabl­es en el ámbito de sus funciones no apliquen a la quejosa el tercer párrafo del quinto transitori­o, de modo que su solicitud de concesión no sea desechada ni se considere desechada por la sola entrada en vigor de la norma”, agregó.

First Majestic del Toro, también filial de la misma empresa, promovió otro amparo con el mismo propósito, pero la jueza Yadira Medina consideró que el asunto debe tramitarse en Zacatecas.

Otro amparo de First Majestic, que impugna todo el decreto que reformó más de cien porciones de la Ley Minera, fue desechado hoy por el juez Martín Santos, quien lo consideró notoriamen­te improceden­te.

Si bien el juez no publicó su sentencia, lo más probable es que considere que la reforma no es autoaplica­tiva, es decir, para promover amparos en su contra se requieren actos concretos de aplicación por parte de las autoridade­s.

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A.R. Las empresas mineras defienden su derecho a la exploració­n y explotació­n en suelo nacional./Foto:

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