MARCELA GUERRA
El 3 de mayo de 2017, el ejército recibió una denuncia por una toma clandestina de combustible en el poblado de Palmarito, Puebla. Dos videos difundidos la semana anterior, muestran la intervención del ejército mexicano ante civiles, presuntamente asociados a una banda de robo de hidrocarburos. Los hechos sucedidos son lamentables porque hubo un total de 6 civiles y 4 soldados muertos.
Este acontecimiento nos obliga a reflexionar sobre las dimensiones que ha alcanzado el robo de combustibles en nuestro país, principalmente en los estados de Puebla y Guanajuato. La Procuraduría General de la República ha desplegado a un grupo de peritos encargados de reunir indicios en el lugar donde estos hechos ocurrieron, a fin de deslindar responsabilidades. En caso de comprobarse que alguno o algunos elementos del ejército mexicano incurrieron en exceso en el uso de la fuerza pública, éstos deberán de ser sancionados conforme a derecho.
La ley que habrá de aplicarse es el Código Nacional de Procedimientos Penales y no el Código Militar de Procedimientos Penales, lo anterior de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 del Código de Justicia Militar reformado en 2014, que afirma que en el momento en el que concurran militares y civiles, tanto la investigación como el procedimiento penal estarán a cargo de autoridades civiles.
Dentro de la capacitación militar, los cursos de derechos humanos y del nuevo sistema de justicia penal, integran una parte obligatoria de su formación que debe intensificarse y profundizarse. El Poder Legislativo no puede postergar por más tiempo la conclusión del proceso interno para aprobar el dictamen de la Ley de Seguridad Interior.
El incidente de Palmarito, Puebla no afectará la imagen que los mexicanos tenemos de las fuerzas armadas porque esta institución demuestra todos los días su compromiso para proteger la integridad del país, su entrega al servicio de la población y su lealtad en favor de las mejores causas de México.