Caen 600 mil en promos de cajeros ATM
Al año, más de medio millón de mexicanos contrata créditos por error en cajeros automáticos.
En el país, aceptar créditos, seguros u otro tipo de servicios financieros desde los cajeros automáticos puede afectar hasta 600 mil usuarios de la banca al año, estimó el ex titular de la Comisión para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), Mario Di Costanzo.
En una entrevista con Publimetro refirió que de las casi 10 millones de las quejas que se registraron el año pasado, entre 500 mil y 600 mil pudieron ser de cuentahabientes que aceptaron servicios por error, debido a la publicidad que llega en los cajeros al momento de retirar efectivo, hacer pagos u ocultar saldos de las cuentas.
“Entre el 90 y 95% de las veces que va una persona a un cajero automático lo hace para retirar dinero; lo demás es complicar a muchas personas que no están familiarizadas con el uso de los cajeros y contratar por error diferentes productos... o a veces sin darse cuenta”, comentó.
Para regular este tipo de publicidad y evitar cargos innecesarios, existe una propuesta en el Senado que agregaría un segundo y tercer párrafo al artículo 5 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y la fracción XVII Bis al artículo 106 de la Ley de Instituciones de Crédito.
La iniciativa, a cargo del senador Ricardo Monreal, refiere que quedaría prohibido que las entidades bancarias ofrezcan cualquier servicio a través los cajeros automáticos que operen, a menos que cuenten con el consentimiento expreso e informado de los clientes.
Además, si el cuentahabiente acepta la oferta de servicios referidos, los bancos deberán informar en las pantallas de los cajeros los términos de la contratación.
En la argumentación, Monreal refiere que, en cuanto a las reglas a las que deben sujetarse las instituciones de crédito respecto a las cuentas básicas de nómina y para el público en general a las que se refiere la Ley de Instituciones de Crédito, solamente se precisa lo relativo a los retiros de efectivo en los cajeros automáticos, la consulta de saldos, información sobre el monto y concepto de comisiones, pero no advierte la existencia de algún mecanismo normativo sobre el ofrecimiento de servicios financieros por esta vía.
En este sentido, Di Costanzo consideró que las instituciones financieras deberán incluir la decisión del cliente en el contrato para abrir una cuenta y así, al momento de ingresar la tarjeta de débito o crédito, reciba o no la publicidad según su decisión.
Recordó que las instituciones bancarias argumentan que los avisos vertidos en los cajeros son informativos y no fuerzan a los usuarios a aceptar servicios, pero a acotó que la función primaria es hacer retiros de efectivo, pagos o consultas de saldos, más no puntos de venta.
Abundó que suspender un servicio que se contrata vía cajero automático puede tardar de uno a tres meses, o hasta un año cuando el cliente no se da cuenta que aceptó la oferta.
“Si lo asumimos como un servicio al cliente, no debería tener esta comercialización de productos, si el banco lo asume como punto de venta, por eso llenan a los usuarios de ofertas”
MARIO DI COSTANZO
Ex titular de la Condusef