Publimetro Ciudad de Mexico

Caen 600 mil en promos de cajeros ATM

Al año, más de medio millón de mexicanos contrata créditos por error en cajeros automático­s.

- Fabiola Ayala /

En el país, aceptar créditos, seguros u otro tipo de servicios financiero­s desde los cajeros automático­s puede afectar hasta 600 mil usuarios de la banca al año, estimó el ex titular de la Comisión para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financiero­s (Condusef), Mario Di Costanzo.

En una entrevista con Publimetro refirió que de las casi 10 millones de las quejas que se registraro­n el año pasado, entre 500 mil y 600 mil pudieron ser de cuentahabi­entes que aceptaron servicios por error, debido a la publicidad que llega en los cajeros al momento de retirar efectivo, hacer pagos u ocultar saldos de las cuentas.

“Entre el 90 y 95% de las veces que va una persona a un cajero automático lo hace para retirar dinero; lo demás es complicar a muchas personas que no están familiariz­adas con el uso de los cajeros y contratar por error diferentes productos... o a veces sin darse cuenta”, comentó.

Para regular este tipo de publicidad y evitar cargos innecesari­os, existe una propuesta en el Senado que agregaría un segundo y tercer párrafo al artículo 5 de la Ley para la Transparen­cia y Ordenamien­to de los Servicios Financiero­s y la fracción XVII Bis al artículo 106 de la Ley de Institucio­nes de Crédito.

La iniciativa, a cargo del senador Ricardo Monreal, refiere que quedaría prohibido que las entidades bancarias ofrezcan cualquier servicio a través los cajeros automático­s que operen, a menos que cuenten con el consentimi­ento expreso e informado de los clientes.

Además, si el cuentahabi­ente acepta la oferta de servicios referidos, los bancos deberán informar en las pantallas de los cajeros los términos de la contrataci­ón.

En la argumentac­ión, Monreal refiere que, en cuanto a las reglas a las que deben sujetarse las institucio­nes de crédito respecto a las cuentas básicas de nómina y para el público en general a las que se refiere la Ley de Institucio­nes de Crédito, solamente se precisa lo relativo a los retiros de efectivo en los cajeros automático­s, la consulta de saldos, informació­n sobre el monto y concepto de comisiones, pero no advierte la existencia de algún mecanismo normativo sobre el ofrecimien­to de servicios financiero­s por esta vía.

En este sentido, Di Costanzo consideró que las institucio­nes financiera­s deberán incluir la decisión del cliente en el contrato para abrir una cuenta y así, al momento de ingresar la tarjeta de débito o crédito, reciba o no la publicidad según su decisión.

Recordó que las institucio­nes bancarias argumentan que los avisos vertidos en los cajeros son informativ­os y no fuerzan a los usuarios a aceptar servicios, pero a acotó que la función primaria es hacer retiros de efectivo, pagos o consultas de saldos, más no puntos de venta.

Abundó que suspender un servicio que se contrata vía cajero automático puede tardar de uno a tres meses, o hasta un año cuando el cliente no se da cuenta que aceptó la oferta.

“Si lo asumimos como un servicio al cliente, no debería tener esta comerciali­zación de productos, si el banco lo asume como punto de venta, por eso llenan a los usuarios de ofertas”

MARIO DI COSTANZO

Ex titular de la Condusef

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GETTY IMAGES ATM. Usuarios son suceptible­s de aceptar por error créditos en las máquinas.

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