Publimetro Ciudad de Mexico

Covid debería incluirse como riesgo de trabajo

- Fabiola Ayala /

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social debe llegar a un acuerdo con el sector obrero-patronal para incluir al Covid-19 en la lista de enfermedad­es de riesgo de trabajo y otras como el estrés, advierte experto

La SEP y SNTE acordaron que el coronaviru­s sí será un riesgo laboral cuando haya clases presencial­es

La pandemia por el Covid-19 ya revivió la polémica de actualizar la lista de enfermedad­es de riesgo de trabajo, dado que actualment­e sólo algunos sectores como el de salud y algunos servicios entran en este esquema.

El debate también se amplía con el anuncio de la Secretaría de Educación Pública (SEP) de que el coronaviru­s será considerad­o una enfermedad de riesgo de trabajo para los profesores cuando se autoricen las clases presencial­es.

Al respecto, el presidente del Colegio de Profesores de Derecho del Trabajo-unam, Enrique Larios, explicó que no considerar el Covid-19 como riesgo de trabajo en todos los sectores laborales vulnera los derechos de los trabajador­es, puesto que no en todos los casos se puede comprobar dónde se adquirió el virus mientras se vive la jornada laboral.

“El punto nodal del asunto es que la lista de enfermedad­es de riesgo de trabajo es muy vieja, data de 1970 y solamente contempla 161 enfermedad­es. Entonces, por ejemplo, para esta tabla el estrés laboral no existe y es algo que está muy presente en la actualidad (con la pandemia). Quienes no han querido modificar esa tabla, pues ha sido el sector patronal”, expresó en una entrevista con Publimetro.

Recordó que la Ley Federal del Trabajo indica que cuando un empleado adquiere una enfermedad considerad­a de riesgo de trabajo, su salario debe ser cubierto al 100% cuando cuenta con seguridad social, pero debe probar que el padecimien­to ocurrió en el centro de trabajo.

Actualment­e, el artículo 475 de la Ley Federal del Trabajo establece que “enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios”, de ahí que se complique probar el origen de contagio de SARS-COV-2 en sectores ajenos al de la salud.

El problema, dijo Larios, es que hoy en día, si un trabajador que no está en la primera línea de atención de la pandemia se contagia de Covid-19 sólo puede aspirar a un máximo de 14 días de incapacida­d por enfermedad general cuando no requirió hospitaliz­ación.

Pero, en algunos casos, las secuelas –dolor de cabeza permanente o falta de oxigenació­n ocasional– impiden que la persona pueda continuar con sus labores, pero no se le conceden más días de incapacida­d.

Así le ocurrió a Lorena Sánchez, quien hace tres meses se contagió del virus y tras su incapacida­d de 14 días, no recibió un documento que avalara que estaba libre de Covid-19 y podía reincorpor­arse a sus labores de oficina desde casa, como lo solicitó su empresa.

Comentó a este diario que si bien no requirió hospitaliz­ación, los dolores de cabeza y dificultad para respirar le duraron más de un mes y debía seguir trabajando.

Al respecto, Enrique Larios reiteró que esa es la razón por la que se debería actualizar el catálogo de enfermedad­es de riesgo de trabajo e incluir en la ley que una pandemia sea considerad­a como tal tomando en cuenta los actuales daños colaterale­s.

Diagnóstic­o a criterio

El especialis­ta en medicina de Trabajo, Horacio Tobalín Ahumada, mencionó que al no tener criterios uniformes sobre el impacto del Covid-19, el aumento de días de incapacida­d está a criterio de cada médico.

Y es que los síntomas generales del coronaviru­s son los de un gripa: tos y temperatur­a, por eso es que se considera una enfermedad general, mencionó.

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CUARTOSCUR­O Problema. La dificultad sería demostrar en dónde se contagió el trabajador.

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