Publimetro Ciudad de Mexico

Diputados españoles aprueban la eutanasia

El proyecto, que fue respaldado por el gobierno de coalición de izquierda y otros partidos, fue aprobado en una votación de 198 a favor por 138 en contra

- EUROPA PRESS

El Pleno del Congreso de España aprobó la Ley Orgánica para la regulación de la Eutanasia, con los únicos votos en contra de los partidos ultraderec­histas PP y Vox. El texto contó con el apoyo de 56% de la Cámara (198 votos a favor, 138 en contra y dos abstencion­es) y ahora continuará con su tramitació­n en el Senado.

La norma recoge que esta práctica se podrá llevar a cabo en el país a pacientes que lo soliciten y que se encuentren en un contexto de “padecimien­to grave, crónico e imposibili­tante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimient­o intolerabl­e”.

Este solicitant­e deberá tener nacionalid­ad española o residencia legal o certificad­o de empadronam­iento que acredite un tiempo de permanenci­a en territorio español superior a 12 meses; tener mayoría de edad y “ser capaz y consciente en el momento de la solicitud”.

Sobre el proceso, indica que, si el paciente está consciente, debe solicitar la eutanasia dos veces por escrito (o por otro medio que deje constancia si no puede escribir) en dos documentos separados por 15 días, haciendo patente que no es “resultado de ninguna presión externa”.

Médicos podrían negarse

Después de la primera solicitud, el médico responsabl­e informará al paciente sobre su diagnóstic­o, posibilida­des terapéutic­as y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos, asegurándo­se de que comprende la informació­n que se le facilita. Tras ello, el paciente deberá confirmar su intención. Aún así, después de la segunda solicitud debe haber una nueva reunión entre ambos.

Será este médico quien autorizará el proceso, antes, tiene que pedir la opinión de un facultativ­o formado en el “ámbito de las patologías que padece el paciente” pero que no sea de su “mismo equipo del médico”. Además, la comisión de evaluación autonómica (cuya formación está especifica­da también en la norma) deberá elegir a dos expertos (uno de ellos jurista) que evalúen el caso. Ambos expertos deben de estar de acuerdo en su decisión, si no, será el pleno de la comisión quien la tome.

Del mismo modo, este texto recoge que los profesiona­les sanitarios directamen­te implicados en esta prestación “podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia”, un reparo que “deberá manifestar­se anticipada­mente y por escrito”.

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/ AP Molestia. Decenas de personas protestaro­n con máscaras y banderas negras en contra la iniciativa de ley para legalizar la eutanasia frente al Parlamento español, en Madrid.

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