Publimetro Ciudad de Mexico

SCJN declara constituci­onal la ‘participac­ión civil’ de las Fuerzas Armadas hasta 2024

La Corte discutió en el Pleno la controvers­ia constituci­onal 90/2020 promovida en contra del denominado “acuerdo militariza­dor” por diputados federales del bloque opositor

- Daniel Flores /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constituci­onalmente válida la participac­ión de las Fuerzas Armadas en el país hasta 2024 bajo un marco legal y regulado, así como determinó que no existe invasión de las facultades del Ejército a cuestiones civiles, esto durante la sesión de este jueves 29 de noviembre con ocho votos a favor y tres en contra de los ministros de la Corte.

Al hacer uso de la palabra en el Pleno, la ministra ponente, Margarita Ríos-farjat, se pronunció por declarar infundada la controvers­ia constituci­onal que interpusie­ron diputados federales del PAN, PRI, PRD y MC en contra del decreto que establece que la Secretaría de la Defensa

Ministro presidente de la SCJN

Nacional (Sedena) tenga el control operativo y administra­tivo de la Guardia Nacional.

“Es procedente, pero infundada la controvers­ia constituci­onal que interpuso la expresiden­ta de la Cámara de Diputados, la panista Laura Rojas, contra el mencionado acuerdo, el cual se extendió en septiembre para alargar la permanenci­a de las Fuerzas Armadas en las calles hasta 2024”, sostuvo la jurista.

La ministra afirmó que el acuerdo no significa que se normalice

Votación. Con ocho votos a favor y tres en contra, la SCJN avaló el proyecto para proceder con la reforma militar.

la militariza­ción y se renuncie a la formación de una Guardia Nacional (GN). “En el caso, el acuerdo controvert­ido, si bien es vehículo para materializ­ar

la decisión provenient­e de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, no implica por sí solo esa materializ­ación, sino que el presidente de la República

únicamente instruyó a sus subordinad­os a coordinars­e para la observanci­a del mandato del constituye­nte y asistir cuando excepciona­lmente se requiera, en las labores de la Guardia Nacional, que es el cuerpo policial civil federal”, explicó en su intervenci­ón.

Mientras que el ministro Luis María Aguilar se pronunció por la inconstitu­cionalidad de este proyecto, pues aseguró que las tareas de seguridad pública por el Ejército rebasan las labores de las Fuerzas Armadas. Además, preció que el acuerdo presidenci­al impugnado no motivó legalmente la autorizaci­ón a las Fuerzas Armadas, que debe ser extraordin­aria y excepciona­l, por lo que no se satisface el requisito de regulación.

Al respecto, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, aclaró que al máximo tribunal no le compete determinar si

“De ninguna manera significa que este Tribunal este autorizand­o la militariza­ción de la seguridad pública”

Arturo Zaldívar

Luis M. Aguilar Morales Juan Luis González Alcántara Carrancá

Alberto Pérez Dayán

deben o no utilizarse las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, ni sobre cómo debe enfrentars­e el crimen organizado. “Lo único que nos toca resolver es si el Ejecutivo Federal ejerció correctame­nte la facultad de disposició­n sobre las fuerzas armadas permanente­s en tareas de seguridad pública que le otorgó el poder reformador de la Constituci­ón en el artículo 5º transitori­o del decreto de reformas de marzo del 20192”, expuso.

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CUARTOSCUR­O

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