El Servicio de Administración Tributaria (SAT) responde:
¿Qué es la carta porte?
— Es un documento que acredita la legal estancia y tenencia de los bienes o mercancías durante su traslado en territorio nacional, así como identificar el origen y destino de las mismas. Con la carta porte se puede emitir un Comprobante Fiscal de Ingreso (CFDI), el cual permite identificar los montos de la retención de IVA que se efectúan por concepto de servicios de autotransporte
¿Cuáles son sus beneficios?
— Al emitir un CFDI de ingreso, permite identificar los montos de la retención de IVA que se efectúan por concepto de servicios de autotransporte. Informar respecto a las mercancías, orígenes, puntos medios, destinos, la propietaria o propietario, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores que intervienen en el traslado de mercancías. Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.
¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta porte?
— Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento carta porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en territorio nacional. Por ejemplo, si te contratan para transportar un lote de zapatos desde Guanajuato a la CDMX en un camión de carga, deberás emitir una factura electrónica de ingreso con complemento Carta porte. Si te contratan para transportar mercancía de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (sin transitar por carreteras federales), deberás emitir una factura electrónica de tipo ingreso con el complemento Carta porte.