Suprema Corte invalida la con 9 votos
Los ministros determinaron que dicha ley resulta inconstitucional
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó invalidar en su totalidad la Ley de Seguridad Interior (LSI), al considerarla inconstitucional.
Con nueve votos a favor y uno en contra, se estableció que la LSI contiene diversas disposiciones que pretendían normalizar la utilización de las Fuerzas Armadas en temas de seguridad pública, lo que es contrario al orden constitucional y convencional.
Además de que los ministros señalaron que el Congreso de la Unión –Cámara de Diputados y Senadores– no tiene facultades constitucionales para legislar al respecto.
El ministro presidente, Luis María Aguilar Morales, subrayó que aunque considera que el Congreso sí tiene facultades en la materia, fragmentar la Ley de Seguridad Interior, y no invalidarla en su totalidad, podría generar un mal mayor en las funciones de las Fuerzas Armadas.
Incluso, se pronunció por la creación de una nueva ley que subsane los vicios de origen que se presentaron y que fueron enlistados por sus pares.
“Si bien no prohíbe tajantemente el uso de las Fuerzas Armadas en términos de seguridad interior, lo debe hacer bajo el supuesto de que debe limitarse en la mayor medida posible con la condición de que no sea irrestricta, que no sea excesiva ni mucho menos permanente, pues siempre debe tener un carácter excepcional y temporal”, acotó.
En tanto, Fernando Franco González Salas coincidió por la invalidación total de la norma al considerarla como una violación al derecho de seguridad jurídica y de legalidad.
Únicamente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien desarrolló el proyecto, votó a favor de mantener la ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017 y sólo discutir los artículos impugnados.
“La invalidez decretada por la SCJN ratifica la necesidad de que la materia de seguridad pública y la participación temporal de las Fuerzas Armadas en ese ámbito se sujeten estrictamente a lo previsto por la Constitución”,
“En mi opinión, la Ley de Seguridad Interior no está regulando a la seguridad pública, ni a las fuerzas armadas para que realicen labores con civiles”, dijo.
En la sesión del martes pasado los ministros Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar, Norma Piña, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez se pronunciaron por la inconstitucionalidad total de la Ley de Seguridad Interior.
Este jueves lo hizo Fernando Franco, el ministro presidente Luis María Aguilar y Margarita Luna, aunque esta última salió de la sesión por lo que no pudo votar.
Con esta resolución la SCJN dio carpetazo a la revisión de la acción de inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas 8/2018, 9/2018, 10/2018 y 11/2018, promovidas por diputados federales, senadores, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Partido Político Movimiento Ciudadano, en contra de la referida Ley de Seguridad Interior.