Reduce Congreso plazos para publicar leyes
El coordinador de la bancada del PRI en el Congreso local, Marco Antonio González, presentó una propuesta que fue aprobada este lunes para acortar los tiempos de publicación de reformas, leyes y decretos aprobados por el Poder Legislativo.
Lo anterior contemplaría una reforma por modificación y adición de un párrafo segundo al artículo 71 y adición de un artículo 71 BIS a la Constitución Política del estado.
El legislador priista explicó que, aprobada la ley o decreto, se enviará al gobernador para su publicación.
“Si éste lo devolviere con observaciones dentro de los diez días, volverá a ser examinado y, si fuere aprobado de nuevo por dos tercios de los diputados presentes, pasará al gobernador, quien lo publicará sin demora”, dijo.
La aprobación fue por unanimidad y establece que si el Ejecutivo incumple con los plazos, entonces los documentos serán considerados como promulgados sin que se requiera el refrendo.
“Transcurrido el término sin que el Ejecutivo haga observaciones, se tendrá por sancionada la ley o el decreto que deberá ser publicado en un plazo máximo de veinte días”, especificó.
El plazo, dijo, será contado a partir de la fecha en que se haya recibido.
Y tratándose de reformas de rango constitucional, detalló González, entonces el mandatario estatal tendrá un plazo máximo de cinco días para su publicación.
Cabe señalar que, cuando el Ejecutivo no cumpla con los plazos previstos, entonces, ya sea el Congreso o la diputación permanente, tienen la facultad de ordenar su publicación al órgano informativo del gobierno estatal.