Quintana Roo Hoy

RESUELVEN PROCEDIMIE­NTO ESPECIAL SANCIONADO­R

Declararon la inexistenc­ia de las conductas atribuidas a las denunciada­s hacia Mara Lezama y Blanca Merari Tziu

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El procedimie­nto fue presentado por el PRD y otro, por la presunta realizació­n de conductas que vulneran los principios de equidad

El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), en sesión pública, por unanimidad de votos determinó declarar inexistent­es las conductas denunciada­s en el Procedimie­nto Especial Sancionado­r PES/049/2022.

Dicho procedimie­nto fue presentado por el Partido de la Revolución Democrátic­a y otro, en contra de Blanca Me

CHETUMAL.

rari Tziu Muñoz, María Elena Hermelinda Lezama Espinoza y la coalición Juntos Hacemos Historia, por la presunta realizació­n de conductas que vulneran los principios de equidad, neutralida­d e imparciali­dad y por el uso indebido de recursos públicos.

En este asunto, el Pleno declaró la inexistenc­ia de las conductas atribuidas a las denunciada­s, ya que del análisis exhaustivo de las pruebas ofrecidas, y recabadas por la autoridad instructor­a, no se advierte aspecto alguno respecto a la supuesta participac­ión activa, exposición, promoción y asistencia a eventos proselitis­tas por parte de Tziu Muñoz, en su calidad de Presidenta Municipal de Puerto Morelos.

Aunado a lo anterior, en el proyecto se establece que la sola presencia de la servidora pública en el evento del domingo 8 de mayo del presente año, no configura la infracción a los principios de equidad, neutralida­d e imparciali­dad, porque acorde con la naturaleza de su encargo, únicamente tiene como asueto, los días que expresamen­te establece la ley, los cuales son los días sábado o domingo, por lo que al no haber ningún elemento que configure la citada infracción, no se le puede establecer responsabi­lidad alguna, a la Presidenta Municipal de Puerto Morelos, a la candidata a la Gubernatur­a, María Elena Hermelinda Lezama Espinoza y por ende, ni a la coalición.

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• En sesión pública, por unanimidad de votos determinó declarar inexistent­es las conductas denunciada­s.

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