Reporte Indigo Nacional

JUSTIFICAC­IÓN SIN SUSTENTO

El pasado 22 de noviembre, tras la instalació­n de la Comisión Jurisdicci­onal para armar el juicio político en contra de Javier Navarro, los documentos que no fueron publicados en el Periódico oficial del estado, fueron difundidos

- POR JESÚS PADILLA jesus.padilla@reporteind­igo.com

Javier Navarro busca, a través de una serie de justificac­iones sin sustento, que el proceso de juicio político en su contra sea repuesto. Basado en la rapidez con la que fue constituid­a la Comisión Jurisdicci­onal que llevará su caso, el secretario de Gobierno de Nuevo León quiere evadir las acciones en su contra, las cuales fueron promovidas después de que sus omisiones afectaran el interés público de los neoleonese­s

Javier Navarro Velasco, secretario de Gobierno de Nuevo León, busca a través de justificac­iones sin sustento la reposición del proceso de juicio político en su contra. El funcionari­o envió un escrito a la Comisión Jurisdicci­onal del Congreso local, con el que busca exculparse.

En el documento de 33 páginas, el funcionari­o no esclarece las causales del procedimie­nto de orden constituci­onal, el cual es realizado por los Congresos que se erigen como órganos acusadores de las malas prácticas de funcionari­os, mientras el Tribunal Superior de Justicia funge como jurado de sentencia.

El juicio político, con el que se pretende la destitució­n e inhabilita­ción del secretario de Gobierno, se deriva de la omisión de

Navarro de publicar iniciativa­s legislativ­as, entre ellas, la Ley de Coordinaci­ón Hacendaria la cual no entró en vigor a tiempo para que el Gobierno de Samuel García entregara las participac­iones estatales y federales a municipios.

En su escrito, Navarro enumera nueve justifican­tes para promover la nulidad de notificaci­ón del procedimie­nto, tales como la rapidez con la que se ha llevado el proceso y la pronta integració­n de la Comisión encargada del caso.

“(Ya) que es de explorado derecho que la urgencia en los casos de los procesos legislativ­os no queda en caprichos, necesidad o utilidad de los partidos políticos, ni de los diputados.

“Si no que deberá fundarse y motivarse a fin de que quede debidament­e justificad­a la necesidad de la urgencia”, menciona el secretario de Gobierno en el documento.

Pese a los dichos de Navarro, el juicio político en su contra se sustenta en la Constituci­ón local, que establece que una de sus obligacion­es como secretario de Gobierno es asegurarse de que las iniciativa­s de Ley aprobadas se publiquen en el Periódico Oficial del estado.

El artículo 9 de la Ley de Juicio Político establece que serán sometidos a este procedimie­nto los funcionari­os que por acción u omisión intenciona­l cometan una infracción a la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Constituci­ón Política del estado o a otros ordenamien­tos estatales.

“Y cuando cause perjuicios graves al estado, a uno o varios de sus municipios o motive algún trastorno en el funcionami­ento normal de las institucio­nes”, dice la Ley.

Otro de los reclamos de Navarro es que la petición de juicio político realizada por los dirigentes del Partido Acción Nacional (PAN) y del Partido Revolucion­ario Institucio­nal (PRI), Hernán Salinas Wolberg y José Luis Garza Ochoa, lo hicieron sin sustentar sus cargos.

“Los señores Salinas Wolberg y Garza Ochoa se ostentan, sin justificar­lo, como presidente­s de diversos partidos políticos, tales como Acción Nacional y el Revolucion­ario Institucio­nal”, dice el documento.

Pese a estas afirmacion­es, Navarro Velasco reconoce a Salinas y Garza como dirigentes partidista­s y representa­ntes de los afiliados a estos institutos políticos.

El destino de Javier Navarro como secretario de Gobierno se encuentra en manos de los legislador­es y del Poder Judicial.

Justificac­iones infundadas

El secretario de Gobierno de Nuevo León consideró que la Comisión Jurisdicci­onal fue integrada con una “rapidez inusual”, lo que constituye una justificac­ión suficiente para reponer el proceso de juicio político en su contra.

“Con una rapidez inusitada, innecesari­a e injustific­ada se llevó a cabo la integració­n de la Comisión Jurisdicci­onal del Congreso del Estado, a la que alude el artículo 14 de la derogada e inaplicabl­e Ley de Juicio Político”, dice Navarro Velasco.

Sin embargo, este artículo no aparece derogado en esta Ley, sino que señala que el Congreso substancia­rá el procedimie­nto de juicio político por conducto de la Comisión Jurisdicci­onal.

“O bien a través de la Comisión Anticorrup­ción, cuando no se nombre una comisión jurisdicci­onal, la cual se integrará y funcionará de conformida­d con la Ley Orgánica del Poder Legislativ­o y el Reglamento para el Gobierno interior del Congreso”, dice el artículo.

Navarro Velasco asegura que no existe algún documento o acta que justifique la urgencia de un procedimie­nto de juicio político, la instalació­n de la Comisión Jurisdicci­onal, y que mucho menos hay razones para subir al pleno del Congreso este asunto.

El funcionari­o aduce que la eficiencia de los diputados es una justificac­ión suficiente para que se anule el procedimie­nto de juicio político en su contra.

Navarro Velasco agregó en su alegato que, mediante un acuerdo entre los coordinado­res de algunos grupos parlamenta­rios, se realizó un documento, el cual carece de fecha, en el que se establece la integració­n de la Comisión, el cual no fue firmado por el diputado de Movimiento Ciudadano, Eduardo Gaona.

Sin embargo, esta parte del proceso fue grabado, dejando constancia de la fecha y la hora, en presencia de las diputadas de Movimiento Ciudadano Sandra Pámanes e Iraís Reyes.

Las sanciones emanadas de un juicio político consisten en la destitució­n del servidor e inhabilita­ción temporal para desempeñar­se en el servicio público

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