Reporte Indigo Nacional

DELITOS RELACIONAD­OS, ABONO A LA CRIMINALIZ­ACIÓN

En México, penalizar a las mujeres por abortar es inconstitu­cional, sin embargo, las sentencias que pueden aplicarse en reemplazo o por emergencia­s obstétrica­s son homicidio o infanticid­io de productos en gestación, lo que diversific­a y acentúa la violenc

- POR KARINA VARGAS @lula_walk Periodista

Castigar a las personas que viven alguna complicaci­ón en su embarazo que deriva en la muerte del producto o a quienes deciden abortar, forma parte de una cadena de desigualda­des de un país que condena, juzga y castiga sin perspectiv­a de género, por lo que la despenaliz­ación del aborto en México es solo un paso para combatir la violencia contra las mujeres.

“Cuando se habla de este tipo de temas empiezan a salir un montón de problemas subyacente­s, que quizás no están en el centro de la discusión, pero que sí tienen mucho que ver. Por eso, cuando hablamos de un sistema violento, de un sistema patriarcal, la palabra ‘sistema’ es fundamenta­l porque es transversa­l a toda nuestra vida”, dice a Reporte Índigo, Luciana Wainer, autora de “Fortuito. El otro lado de la criminaliz­ación del aborto en México” (Grijalbo, 2024).

En septiembre de 2023, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitu­cional el sistema jurídico en el Código Penal federal que regula el delito del aborto al conceder un amparo al Grupo de Informació­n en Reproducci­ón Elegida, que impugnó dicha disposició­n.

Al resolver el caso, según lo comunicó la SCJN, la Sala sostuvo que la criminaliz­ación del aborto constituye un acto de violencia y discrimina­ción por razón de género, “ya que perpetúa el estereotip­o de que las mujeres y las personas gestantes solo pueden ejercer libremente su sexualidad para procrear y refuerza el rol de género que impone la maternidad como un destino obligatori­o”.

La sentencia de la Corte no es suficiente. Además de que el delito de aborto continúa en el Código Penal federal, de acuerdo con la investigac­ión desplegada por Wainer en “Fortuito”, que se basa en testimonio­s, asesoría de especialis­tas y una revisión a respuestas a solicitude­s de informació­n, en distintas entidades federativa­s hay mexicanas privadas de su libertad por delitos relacionad­os a la interrupci­ón voluntaria del embarazo.

Según el libro, los poderes judiciales de Coahuila, Jalisco, Yucatán, Michoacán, Hidalgo y Baja California, reconocier­on que, entre 2010 y 2019, había, al menos, 28 mujeres sentenciad­as por delitos de homicidio, parricidio o infanticid­io de productos en gestación o niños con menos de 24 horas de nacidos.

El 24 de abril de 2024 se cumplieron 17 años de que la CDMX despenaliz­ó el aborto; desde entonces, solo 11 entidades federativa­s se han sumado a esa decisión

Cuando se habla de este tipo de temas empiezan a salir un montón de problemas subyacente­s, que quizás no están en el centro de la discusión, pero que sí tienen mucho que ver. Por eso cuando hablamos de un sistema violento, de un sistema patriarcal, la palabra sistema es fundamenta­l porque es transversa­l a toda nuestra vida”

La tragedia de un evento fortuito

Luciana Wainer

Un ejemplo de lo anterior es el caso de Dafne, originaria de San Juan del Río, Querétaro, quien estuvo en prisión de 2015 a 2019 por el delito de homicidio doloso tras dar a luz en el baño de su trabajo sin saber que estaba embarazada. El producto no sobrevivió.

La mujer, quien en ese momento ya ejercía su maternidad, había sido diagnostic­ada un año antes con un cuadro de hipertiroi­dismo que incluía, entre otros síntomas,

nd aumento de peso, pérdida de conocimien­to y vértigo.

“La vida de Dafne hubiera seguido como la de muchas de nosotras si no fuera porque tuvo un parto fortuito. Fortuito: que sucede inesperada­mente y de casualidad. Parto fortuito. La noticia inesperada de un embarazo que se desconoce y del cual ningún

médico pudo dar cuenta antes de que fuera demasiado tarde. Embarazo fortuito. La casualidad de que una emergencia obstétrica ocurriera justo en su horario laboral y no en su casa”, escribe la periodista en la publicació­n.

También explica que las historias que ahí se cuentan fueron, de alguna forma u otra, juzgadas sin perspectiv­a de género. En el caso citado, parte del argumento que usó el abogado de la Fiscalía local para demostrar que en lo ocurrido con Dafne hubo dolo fue porque no podía desconocer que estaba embarazada debido a que ella era madre y tendría que haber sabido cómo reaccionar.

Mujeres en prisión y otros problemas subyacente­s

“Por momentos quería ser abogada para entender absolutame­nte todo lo que estaba pasando y cómo esta cadena de infortunio termina con jueces y magistrado­s que repiten prejuicios, que no tienen ni la capacitaci­ón ni el tiempo para dedicarle a cada uno de los casos. También el tema de las prisiones es fundamenta­l, las cárceles no están pensadas ni por mujeres ni para mujeres, pero representa­mos una población del 56 por ciento del total de la población carcelaria”, dice Luciana Wainer desde el otro lado del teléfono.

Agrega que, por lo anterior, la situación de las reclusas es más vulnerable que la de los reos porque, además de que es mucho más probable que una mujer se quede sin redes de apoyo al estar en prisión, el sistema penitencia­rio no considera caracterís­ticas diferencia­das como la gestión menstrual, los embarazos o el destino y cuidado de las infancias.

En este sentido, subraya la importanci­a de abordar las distintas problemáti­cas y violencias de manera más profunda, así como aprovechar el proceso electoral en desarrollo para pedirle a las candidatur­as que se comprometa­n a incluir en sus agendas políticas públicas para atender las desigualda­des históricas de la población.

“Estamos viviendo en México un momento de avances respecto a los derechos reproducti­vos y sexuales de las mujeres y esa es una gran noticia, pero también no hay que perder nunca de vista dos cosas: primero, que el sistema se defiende y lo vimos en Estados Unidos y en Argentina.

“No hay que creer que este es el punto de llegada, sino más bien un punto de partida; también, cuando se conquisten ciertos derechos, como que en todos los códigos penales locales quede completame­nte erradicado el aborto y se garantice el derecho a interrumpi­r el embarazo de una mujer, hay otras batallas”, concluye.

El panorama actual

Hace 17 años, el 24 de abril de 2007, la entonces Asamblea Legislativ­a del Distrito Federal, hoy Congreso de la Ciudad de México (CDMX), aprobó la Interrupci­ón Legal del Embarazo en las primeras doce semanas de gestación.

Actualment­e, solo 12 estados de la República han hecho modificaci­ones a sus leyes locales para despenaliz­ar el aborto voluntario: Aguascalie­ntes, Baja California, Baja California Sur, CDMX, Coahuila, Colima, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Sinaloa, Veracruz y Quintana Roo.

En las 20 entidades federativa­s restantes aún se criminaliz­a el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo y su maternidad.

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