Por México, Ley de Seguridad Interior
El 30 de noviembre, aprobamos en la Cámara de Diputados la Ley de Seguridad Interior que permitirá: - Regular la atribución del Ejecutivo Federal para ordenar acciones a fin de prevenir o contrarrestar actos que pongan en peligro a la población; - Contar con un procedimiento legal para que las Fuerzas Federales y las Fuerzas Armadas intervengan en apoyo a otras instancias locales, y que la facultad constitucional para disponer de ellas se dé en un marco de certidumbre y seguridad jurídica; - Mejorar los mecanismos de coordinación entre las Fuerzas Armadas y otras instancias o cuerpos de seguridad del Estado. Con este nuevo ordenamiento jurídico se garantiza la protección de los derechos humanos de todos y se asegura que, por ningún motivo, las movilizaciones de protesta social o político electoral que se realicen pacíficamente, sean materia de esta Ley. La intervención de las Fuerzas Armadas será regulada a través de la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior cuando: 1. La emita el Presidente de la República, con base en la Ley y/o; 2. Se lo soliciten las legislaturas locales o los gobernadores, cuando las primeras no se encuentren reunidas, de conformidad con el principio de garantía de protección federal. La Ley no exime a las autoridades locales de sus obligaciones, y el Ejecutivo Federal sólo dispondría de las Fuerzas Armadas como último recurso, con una temporalidad específica y una ubicación determinada, además de garantizar su máxima publicidad para transparentar su acción. De ninguna manera sustituye competencias y responsabilidades de las fuerzas locales. La Ley de Seguridad Interior aprobada protege y da certeza a los ciudadanos, al tiempo de regular a las Fuerzas Armadas que, hay que decirlo, han demostrado su eficacia y patriotismo.