“Injusta la prisión preventiva, no procede”
La SCJN declarará incostitucional la prisión preventiva oficiosa para ciertos delitos, pero seguirá para otros, anticipa ministra.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarará la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa para ciertos delitos, pero seguirá existiendo para otros, en tanto no se elimine la figura de la Constitución, consideró la ministra en retiro Margarita Luna Ramos.
Al dictar una conferencia magistral en la División de Ciencias Sociales y Humanidades de la UJAT, dijo que vendrán “buenas noticias” en la sentencia que está por dictar el máximo tribunal del país.
Sin embargo, anticipó que como no es posible declarar inaplicable ningún artículo constitucional, es probable que se determine que la prisión preventiva ya podrá usarse de forma automática, sino previa revisión del caso, atendiendo los criterios que ya se han emitido al respecto.
Y esto podría operar para todos los delitos, incluyendo los catalogados como graves y de seguridad nacional.
CONFIANZA EN LA SCJN
Frente a las críticas que ha expresado el Presidente de la República por el retiro de esa medida cautelar para los llamados delitos de “cuello blanco”, expresó su confianza en que la SCJN actuará con independencia y autonomía, en uso pleno de sus facultades como intérprete de la Constitución.
La ministra dictó la ponencia “Mujeres y prisión preventiva” en la capital tabasqueña, a invitación del Tribunal Colegiado del Décimo Circuito en materia penal, en la cual sostuvo que la prisión preventiva es injusta, además que va contra el principio de presunción de inocencia.
Puso como ejemplo el uso de facturas falsas, que pone en riesgo a cualquier persona de ir a prisión, por el simple hecho de recibir una. Por tanto, en general para delitos fiscales, como este, la prisión preventiva no procede, sostuvo.
Mencionó que la discusión
aún está incierta en relación con el catálogo de delitos que previene la propia Constitución que ameritan la prisión preventiva y que en un primer momento, en su proyecto el ministro ponente, planteaba declarar inaplicable porque contraviene los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
RESPETAR CONSTITUCIÓN
Sobre este respeto, la ministra en retiro se pronunció porque ante todo se respete lo que dicta la ley suprema del país.
Incluso refirió que desde su paso por la SCJN y hasta ahora siempre ha manifestado su posición con respecto al principio de supremacía constitucional, esto es, que los tratados no pueden estar por encima de lo dicta la Carta Magna.