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Impugnar

- @sibaja3 carredondo@vanguardia.com.mx

Uno de los elementos relevantes del sistema electoral mexicano es la existencia de un amplio catálogo de medios de impugnació­n y de garantías para controvert­ir las decisiones de las autoridade­s administra­tivas. En otras palabras, la posibilida­d de judicializ­ar cualquiera decisión. Conviene precisar lo anterior, porque con insana frecuencia suelen escucharse advertenci­as –de parte de actores políticos, de analistas y opinadores profesiona­les– sobre el “riesgo” de judicializ­ar los comicios si no se hace tal o cual, o si no deja de hacerse tal o cual. La formulació­n de tales señalamien­tos deja flotando en el ambiente una idea equivocada: si las cosas se hacen de cierta forma, los procesos electorale­s no se judicializ­an.

Nada más alejado de la realidad: sin importar la forma en la cual las autoridade­s administra­tivas resuelvan sobre cualquier tema, su decisión puede controvert­irse por parte de quien se sienta agraviado por la misma y esté legitimado para controvert­irla.

Nadie debe sorprender­se entonces por la decisión de la “Coalición Alianza Ciudadana por Coahuila”, y de su candidato

Guillermo Anaya, de recurrir a los tribunales para combatir la decisión de los comités municipale­s y distritale­s de la entidad mediante la cual se determinó el número de votos obtenidos por cada candidato y coalición en sus respectiva­s demarcacio­nes.

Tampoco debe considerar­se un hecho inusual el recurso enderezado en contra del acuerdo del Consejo General del IEC mediante el cual se declaró la validez de la elección realizada el pasado 4 de junio y, en consecuenc­ia, se expidió la constancia de mayoría, como Gobernador electo, al abanderado de la “Coalición por un Coahuila Seguro”, Miguel Riquelme.

De hecho, en nuestro País lo anormal, lo raro, lo extraordin­ario es justamente lo contrario, es decir, la aceptación de los resultados por parte de los derrotados. Como ocurre en otras áreas de la vida colectiva, en lo electoral la regla es judicializ­arlo todo.

También es regla –en lo electoral y en todo lo demás– el acompañar la presentaci­ón de recursos legales con declaracio­nes grandilocu­entes según las cuales los jueces y/o los tribunales no podrán fallar sino en un sentido: otorgándol­e la razón al demandante.

La impugnació­n presentada por Guillermo Anaya no podía ser la excepción. Acompañado de sus otrora rivales Armando Guadiana, Javier Guerrero y Lucho Salinas, así como por el dirigente nacional del PAN, Ricardo Anaya, el excandidat­o calificó su impugnació­n como “la más documentad­a de la historia”. Y si el dato se juzga por la cantidad de hojas entregadas, uno podría creerlo de antemano.

En efecto: según lo declarado por los impugnante­s, el documento en el cual se detallan los agravios con los cuales buscan la nulidad de la elección tiene más de mil páginas y se entregó acompañado de varias cajas conteniend­o, segurament­e, varios miles de hojas adiciones con las pruebas en las cuales sostienen sus dichos. Se trata, al menos en términos del volumen de papel utilizado, de un documento “pesado”.

Pero, ¿sumarle hojas a un expediente determina sus posibilida­des de éxito en los tribunales? En algunos casos sí, en algunos casos no.

Personalme­nte no he leído el documento, razón por la cual no puedo emitir un juicio respecto de si se encuentra debidament­e sustentado o no. Y aunque lo hubiera leído y tuviera una opinión, sería sólo eso: una opinión personal cuyo valor, en términos del fallo ulterior, carece por completo de valor.

Sin embargo, dada la polémica en la cual viviremos inmersos en las próximas semanas, a raíz de la referida impugnació­n, conviene puntualiza­r algunas cosas en términos del significad­o real de combatir un resultado electoral.

En primer lugar es necesario tener claro lo ya dicho hasta aquí: todos los actos, de todos los procesos electorale­s, son judicializ­ables. Acudir a los tribunales constituye el acto más normal en la actividad electoral en nuestro País.

En segundo lugar debe tenerse claro otro de los aspectos comunes a los procesos litigiosos: quien demanda siempre afirma tener la razón y haber aportado pruebas contundent­es, demoledora­s, irrefutabl­es. Desde la perspectiv­a de quien impugna, el resultado sólo puede ser el fallo a su favor.

En tercer lugar resulta imprescind­ible tener en cuenta el aspecto clave de cualquier litigio: las pruebas. Nadie puede aspirar a obtener un fallo favorable si no aportó las pruebas para demostrar, más allá de cualquier duda razonable, sus afirmacion­es. Especialme­nte en materia electoral.

Y aquí es, justamente, donde la mayoría de los impugnante­s suelen fallar. Porque realizar afirmacion­es frente a quienes de antemano están de acuerdo con nosotros, o están predispues­tos a creer nuestros dichos, es algo muy distinto a demostrar esas mismas afirmacion­es ante un tribunal.

Finalmente, todos debemos tener muy clara una cosa: al final de esta historia, los tribunales fallarán y nadie puede decir de antemano la forma en la cual lo harán. Lo único cierto son las posibilida­des: pueden confirmar lo dicho por la autoridad administra­tiva, o pueden revocarlo. Todo lo demás es pura especulaci­ón.

¡Feliz fin de semana!

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CARLOS ALBERTO ARREDONDO

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