Vanguardia

Tumba Corte Registro Nacional de Turismo

El máximo órgano de justicia declara inconstitu­cional la medida que tomó la autoridad federal

- REDACCIÓN

La Asociación Mexicana de Hoteles y Moteles de Coahuila dio a conocer que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitu­cional el Registro Nacional de Turismo (RNT).

A través de un comunicado, la AMHMC informó que el Artículo 87, Fracción I del Reglamento de la Ley General de Turismo que faculta al Secretario de Turismo a emitir mediante un acuerdo administra­tivo el catálogo de los diferentes servicios turísticos, cuyos prestadore­s deberán inscribirs­e en el RNT, ha sido declarado inconstitu­cional por la 2da Sala de la SCJN.

Toda vez que el señalamien­to de que los prestadore­s de servicios turísticos obligados a inscribirs­e al RNT, debió hacerse en el propio Reglamento de la Ley General de Turismo, pues así lo ordena categórica­mente el Artículo 46, Segundo Párrafo de la Ley General de Turismo.

Por tanto, si en lugar de establecer­se en el reglamento a las personas obligadas a inscribirs­e en el RNT, se estableció un acuerdo administra­tivo emitido por el Secretario de Turismo, sin que se le haya conferido expresamen­te dicha facultad, se cometió violación a los principios de reserva y preferenci­a reglamenta­ria consagrado en los Artículos 16 y 89, Fracción I de la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En virtud de lo anterior, se declararon inconstitu­cionales una serie de acuerdos, entre ellos el “Acuerdo por el que se emite el catálogo de los diferentes servicios turísticos cuyos prestadore­s de servicios turísticos deberán inscribirs­e en el Registro Nacional de Turismo.”, publicado en el DOF el 30 de marzo de 2016.

Así como el “Acuerdo por el que se emite la Convocator­ia Nacional de Inscripció­n al Registro Nacional de Turismo dirigida a los prestadore­s de servicios turísticos.”, publicado en el “Diario Oficial” de la Federación el 30 de marzo de 2016.

El presidente de la AMHMC, Héctor Horacio Dávila Rodríguez, dijo: “Nosotros fuimos muy claros desde un principio que es inconstitu­cional, ya que todas las ramas turísticas, a la única que se le estaba obligando el RNT (Registro Nacional Turístico) era a los hoteles; más sin embargo a los prestadore­s de servicios como: agencias de viajes, globos, eco operadores, etc. no se les exigía y la ley es clara y tiene que ser pareja para todos”.

“Sin embargo estamos a favor de que exista una clasificac­ión hotelera a nivel nacional para que haya una certidumbr­e hacia nuestros clientes ya que existen algunos hoteleros que dicen que su hotel es de 5 estrellas y no llega a más que a 2”.

Dávila Rodríguez dijo que los turistas tienen razón en este sentido, ya que necesitan tener la certeza que cuando rentan un hotel de 4, 5 estrellas, éste debe cumplir con las caracterís­ticas .

Refirió que la agrupación tiene más de 156 agremiados que siempre han pregonado el juego limpio entre la competenci­a.

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Oposición. Desde un principio los hoteleros se manifestar­on en contra de la medida impuesta.

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