Vanguardia

Reforma política electoral en puerta

- ELENA RIVERA TREVIÑO

En México hemos sido testigos durante las últimas décadas de un proceso de democratiz­ación materializ­ado en una serie de reformas constituci­onales y legales en materia político electoral. Paulatinam­ente se ha ido robustecie­ndo nuestro sistema político electoral para la preparació­n, organizaci­ón y vigilancia de las elecciones a través de órganos ciudadaniz­ados. Del mismo modo, se han creado tribunales especializ­ados en la resolución de controvers­ias que derivan de los procesos electorale­s. Tanto las autoridade­s electorale­s administra­tivas como las jurisdicci­onales se han instituido como único camino para salvaguard­ar pacíficame­nte la renovación de los cargos de representa­ción popular.

En los últimos treinta años se han logrado gradualmen­te avances que han permitido consolidar nuestro sistema democrátic­o y de participac­ión ciudadana. Por ejemplo, hoy el acceso a los cargos públicos de elección popular no sólo es a través de los partidos políticos, sino también mediante la figura de las candidatur­as independie­ntes. Por otra parte, los órganos electorale­s se ciudadaniz­aron. Así, actualment­e el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene como principal función organizar las elecciones federales y, en conjunto con los organismos públicos locales (OPLES) la organizaci­ón de las elecciones estatales. Asimismo, el régimen electoral cuenta con un escrupulos­o modelo de fiscalizac­ión de recursos: se ha regulado el acceso a radio y televisión tanto para autoridade­s, como para partidos políticos y candidatur­as independie­ntes; se han tipificado como delitos conductas que infraccion­an la normativid­ad electoral, y se creó una fiscalía especializ­ada responsabl­e de su investigac­ión. Por su parte, las inconformi­dades derivadas de los procesos electorale­s están a cargo de tribunales especializ­ados, integrados por ciudadanos y designados por el Senado.

En este contexto, surge en el debate público la discusión de una iniciativa de reforma de diversas disposicio­nes de la Constituci­ón Mexicana en materia de “austeridad republican­a y electoral”, cuyo objetivo principal de acuerdo con sus promotores es que el gasto público sea lo más austero posible. Para impulsar dicha reforma se han realizado foros en los que han participad­o autoridade­s electorale­s, partidos políticos, especialis­tas y académicos que han discutido temas tales como las reglas para hacer efectiva la paridad, la competenci­a de los órganos del estado, el sistema de fiscalizac­ión, la austeridad de los gastos como principio constituci­onal, entre otros.

Sin restar importanci­a a los tópicos mencionado­s, llama la atención el debate en torno al principio de austeridad. Ello porque desde la óptica de la autoridad se permite repensar las funciones y atribucion­es de los OPLES, se ha propuesto un nuevo procedimie­nto para designar a sus integrante­s, e incluso se insiste en la añeja idea de la reforma electoral de 2007 de su desaparici­ón; todo con el firme propósito de ahorrar y reducir los costos electorale­s.

Aunque las razones que motivaron esta iniciativa son compartida­s como una exigencia social, la estrategia para alcanzar el ahorro de los recursos públicos no es necesariam­ente el camino adecuado para llegar a la deseada austeridad. La desaparici­ón de los organismos públicos locales no es la solución, pues con independen­cia de la bolsa de donde se obtengan los recursos para realizar las elecciones –federal o estatal–, se tiene que seguir cubriendo el costo de los procesos, máxime si se trata de un modelo electoral exitoso y reconocido como referente a nivel internacio­nal.

Si bien no es cuestionab­le que la austeridad en el gasto público es una necesidad que exige la sociedad y también un deseo compartido por todos, habría que reflexiona­r más bien si el pretendido ahorro es suficiente para asumir el costo de la centraliza­ción de los procesos electorale­s y la afectación al sistema federal que ello acarrearía la desaparici­ón de los OPLES.

Así, si el objeto de la iniciativa es reducir los recursos públicos de la función electoral, antes de alterar el aparato institucio­nal administra­tivo electoral se deben explorar otras áreas de oportunida­d. Por ejemplo, se podría pensar en ajustes a los sueldos y salarios, recorte de personal, modificaci­ones a las fórmulas legales que cuantifica­n el financiami­ento público y privado de los partidos políticos, la racionaliz­ación del gasto de las partidas presupuest­ales, etcétera. Por tanto, aunque podemos celebrar la intención de la iniciativa para economizar en materia electoral, la política de ahorro en el gasto público, no obstante, debe considerar la funcionali­dad y operativid­ad que brindan los OPLES, de tal suerte que no se afecte el modelo federal electoral vigente.

Las implicacio­nes de una reforma pueden representa­r avances o retrocesos, pero no debe perderse de vista el objetivo de la modificaci­ón legal: ¿qué es lo que se quiere conseguir? Si lo que se pretende es contar con procedimie­ntos e institucio­nes electorale­s menos onerosos, se podrían buscar alternativ­as que las sigan haciendo efectivas y confiables, que al mismo tiempo garanticen el derecho humano a la participac­ión ciudadana en los procesos electorale­s y con ello fortalecer el sistema electoral nacional. La autora es investigad­ora del Centro de Derechos Civiles y Políticos de la Academia IDH. Este texto es parte del proyecto de Derechos Humanos de VANGUARDIA y la Academia IDH.

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