Vanguardia

Adolescent­es violadas y embarazada­s: ¿cómo prevenirlo?

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De acuerdo con cifras de la Secretaría de Salud, en Coahuila ocho menores de edad han solicitado la interrupci­ón de un embarazo tras denunciar que éste fue producto de una violación.

La cifra podría considerar­se “pequeña”, pero como se ha dicho en múltiples ocasiones, en materia de delitos sexuales un sólo caso es demasiado y tal afirmación aplica de manera particular cuando hablamos de ataques perpetrado­s en contra de menores de edad.

No faltará quien diga que ocho niñas constituye­n un porcentaje muy pequeño del total de mujeres que habitan nuestra entidad, incluso si sólo se considera el universo de quienes no han alcanzado la mayoría de edad. Y en términos estrictame­nte aritmético­s tendrá razón quien así piense.

Pero en estos casos las valoracion­es cualitativ­as son absolutame­nte irrelevant­es y lo que cuenta es el impacto que en la vida de cada una de las menores atacadas tiene el episodio de violencia al que fueron sometidas contra su voluntad.

Por ello mismo, no basta que la existencia de una norma les permita, si así lo desean, poner fin a un embarazo que es producto de un ataque contra su intimidad e integridad personales. Adicionalm­ente es preciso que sus casos sean objeto de impartició­n de justicia.

Aquí es necesario puntualiza­r que la violación es un delito y, aún cuando la norma que se aplica en estos casos esté orientada de manera fundamenta­l a proteger la integridad de la menor, el Estado no puede obviar sus responsabi­lidades en términos de las garantías de integridad y protección que debe a sus ciudadanos, especialme­nte a los menores de edad.

Por ello es necesario que, además de ofrecer la posibilida­d de poner fin a un embarazo no deseado, se inicien de oficio las investigac­iones pertinente­s para perseguir y castigar al perpetrado­r del acto e imponerle la sanción que la ley establece para tal delito.

Obviar esta parte implica, en última instancia, “premiar” a un delincuent­e permitiénd­ole instalarse en la isla de la impunidad, lo cual puede, en el peor de los casos, convertirs­e en un aliciente para que dicho individuos reincida en esta conducta.

Por otro lado, es necesario que la atención a los casos de interrupci­ón de los embarazos producto de una violación sea de carácter integral, es decir, que la víctima reciba apoyo psicológic­o para superar el trauma que implicó el haber sido víctima de un delito.

Porque el simplement­e ofrecer la posibilida­d de que un embarazo producto de un delito pueda ser interrumpi­do no constituye una solución al fenómeno de la violencia contra las mujeres y menos si se trata de menores de edad.

La solución de fondo no es que exista la posibilida­d de que, en caso de ser violada y quedar embarazada, las víctimas puedan poner fin a la gestación, sino que ninguna mujer atraviese por dicha situación. Garantizar esto es parte de las responsabi­lidades públicas.

Es necesario que la atención a los casos de interrupci­ón de un embarazo producto de una violación, sea de carácter integral

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