Revoca TEPJF restricción a AMLO por comentarios sobre elecciones
El Tribunal aseguró que lo expresado por el Presidente no era motivo de castigo
CDMX.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación dio la razón al presidente, Andrés Manuel López Obrador, sobre el emitir declaraciones de índole electoral.
En sesión privada, la Sala Superior del TEPJF revocó las medidas cautelares que emitió la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, mediante las cuales se ordenó al titular del Ejecutivo Federal, abstenerse de emitir expresiones y/o declaraciones de índole electoral, así como no utilizar los espacios de comunicación oficial y/o aprovechar las funciones inherentes a su cargo, para los mismos efectos.
Por medio de una reunión que se efectuó de manera virtual, magistradas y magistrados estimaron que las expresiones materia de la controversia no ameritan ser objeto de tutela preventiva en la vía cautelar, ya que se trata de actos futuros de realización incierta.
Todo ello luego de que durante una gira en Baja California y en la conferencia matutina del 30 de noviembre, el titular del Ejecutivo Federal realizó manifestaciones que, a consideración del PRD, diputados de ese partido y PAN, invitaban a reflexionar el voto de la ciudadanía a favor de Morena y en contra de ellos.
Magistradas y magistrados manifestaron que la Sala Superior ya ha considerado en algunos precedentes que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral no tiene atribuciones para emitir una determinación de tutela preventiva, sobre actos futuros, pues constituye un acto de censura previa que viola el principio de legalidad previsto en la Constitución Política.
En la resolución se explica que las medidas cautelares son accesorias y por lo tanto siempre deben ser parte de un procedimiento principal, y por lo tanto no pueden ser dictadas sobre situaciones que aún no acontecen.