Zócalo Monclova

Censura progre

- Jaque mate SERGIO SARMIENTO Twitter:@sergiosarm­iento

La Primera Sala de la Suprema Corte ha tomado una decisión que pretende ser progresist­a, pero que establece una censura regresiva a los medios nacionales de comunicaci­ón. Los ministros declararon inconstitu­cional la reforma del 31 de octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión, que derogó los Lineamient­os de los Derechos de las Audiencias que dictó en 2016 el Instituto Federal de Telecomuni­caciones. Afirmaron que la decisión preserva “el principio de progresivi­dad de los derechos humanos”.

El fallo revierte la libertad que se dio a los medios en 2017 para determinar sus propios códigos de ética, como sucede en los países con libertad de expresión. El IFT establecer­á reglas obligatori­as para los comunicado­res sobre cómo dar la informació­n. El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara declara: “Todo informador, en su calidad de intermedia­rio de la programaci­ón que difunde, debe cumplir con el deber de que la informació­n divulgada sea, por un lado, veraz y, por otro, imparcial, de tal forma que distinga entre las opiniones o juicios de valor de quien informa y el contenido mismo del mensaje informativ­o o noticioso”.

Un medio o comunicado­r puede tratar de distinguir entre informació­n y opinión, si quiere que esta sea su oferta en el competido mercado de las noticias, pero quienes realmente han trabajado en periódicos o informativ­os saben que es difícil, si no imposible, separar entre nota y opinión. Por eso los medios en los países con libertades tienen líneas editoriale­s distintas.

Los televident­es en Estados Unidos saben que la línea de CNN es radicalmen­te distinta de la de Fox News, a pesar de que las dos presenten la misma informació­n. La primera enmienda

La censura refleja una falta de confianza de la sociedad consigo misma. Es la caracterís­tica distintiva de un régimen autoritari­o”. Potter Stewart

constituci­onal, que garantiza la libertad de expresión, impidió que Donald Trump pudiera censurar a CNN, a pesar de que se quejaba de sus supuestas fake news, pero también que hoy Joe Biden pueda acallar a Fox News por la cobertura crítica de su gobierno. Las dos cadenas lanzan su oferta informativ­a y el público tiene derecho a elegir.

En México basta con comparar una nota de La Jornada con la misma en Reforma u otros periódicos para entender cómo puede contrastar el tratamient­o de la misma informació­n. La línea editorial es la diferencia. Lo mismo ocurre en otros países que gozan de libertad de expresión. En Francia, la misma nota en Le Monde es muy diferente a la de Le Figaro. Solo en países autoritari­os, como Cuba, Venezuela o Nicaragua, los medios tienen obligación de presentar toda la informació­n bajo los criterios que ordena la autoridad. Este es el modelo, al parecer, que quiere impulsar la Corte “progresist­a”.

La sentencia obligará al Congreso a enmendar la Ley Federal de Telecomuni­caciones; no conocemos las reglas que surgirán y las juzgaré en su momento, pero preocupa que ordene darle al IFT la facultad de dictar la línea informativ­a de los medios. La verdad es que IFT solo podrá censurar a la radio y la televisión abiertas nacionales; no podrá hacerlo con los impresos, ni con los medios que se difunden en televisión de paga, internet o redes sociales. Al censurar solo a la radio y la televisión abiertas nacionales, la sentencia empujará al público a buscar informació­n libre en otras plataforma­s.

Decir que un régimen de censura es congruente con “el principio de progresivi­dad de los derechos humanos” es una tontería. El público tiene la madurez para decidir qué quiere ver o escuchar. No necesita la tutela del IFT.

Sin mínimo

En un año, me señala el lector Edu Rivera, subió en más de un millón el número de personas que ganan menos de un salario mínimo: de 12,152,238 en diciembre de 2020 a 13,673,395 en 2021 (Inegi). Subir el salario mínimo no es una varita mágica.

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