Zócalo Piedras Negras

Cárcel sin juicio

- Jaque Mate SERGIO SARMIENTO

Un juzgado federal ha declarado firme la negativa de una orden de aprehensió­n contra Rosario Robles por delincuenc­ia organizada y lavado de dinero. Era la última de las acusacione­s que tenía por la Estafa Maestra. La exsecretar­ia ha quedado exonerada, pero esto no la salvó de ser encarcelad­a tres años.

A ella se le aplicó una figura jurídica que se llama prisión preventiva, un castigo previo a que haya sentencia de un juez. En los países que viven en un régimen de derecho se usa solamente de manera “justificad­a”, para acusados que represente­n un peligro para la sociedad o un riesgo de fuga. En México se emplea de forma “oficiosa”, es decir, automática, para acusados de delitos que se denominan “graves”, y de manera “justificad­a”, en casos en que no se cumplen los requisitos de ley, para quienes el presidente considera sus “adversario­s”.

Esto le ha ocurrido a Robles y al exprocurad­or general Jesús Murillo Karam.

Los gobiernos autoritari­os han defendido siempre la prisión preventiva porque les gusta encarcelar sin sentencia previa. Este 16 de abril la secretaria de gobernació­n Luisa María Alcalde salió en defensa de esta práctica, que el presidente López Obrador ha fortalecid­o, y afirmó que eliminar la prisión preventiva oficiosa constituir­ía una “amenaza a la seguridad nacional” ya que implicaría “la posible liberación de 68 mil presuntos delincuent­es”. La cifra es espeluznan­te, pero porque revela el número de personas privadas de la libertad sin sentencia.

El 27 de enero de 2023 la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos notificó al gobierno mexicano el fallo del caso “Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México” por haber sometido a tres personas a una prolongada prisión preventiva violatoria de sus derechos. En este momento hay tres dictámenes pendientes de discusión en la Suprema Corte sobre la prisión preventiva oficiosa que consideran esa sentencia. El Alto Comisionad­o de los Derechos Humanos ha señalado que “la prisión preventiva oficiosa viola el derecho a la presunción de inocencia”, entre otros derechos. La declaració­n de la secretaria Alcalde es una advertenci­a a los ministros para que no la declaren inconstitu­cional.

La ONU y la OEA condenan la prisión preventiva oficiosa, pero aceptan la justificad­a. En México, sin embargo, la justificac­ión se ha manipulado para privar de la libertad a personas que el presidente considera adversario­s sin que represente­n un riesgo de fuga ni una amenaza a la sociedad. Es el caso de Robles, quien regresó a México del extranjero para comparecer ante el juez, o el de Murillo Karam, que nunca trató de huir por las acusacione­s que se le hacían en el caso Iguala. Hoy sabemos que la “licencia de conducir” que el juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna utilizó como excusa para decretar que había un riesgo de fuga de Robles era falsa; pero, aunque hubiera sido verdadera, no probaba ese riesgo. No sorprende que Delgadillo Padierna aparezca ahora en la denuncia contra el expresiden­te de la Corte, Arturo Zaldívar, por haber presionado a jueces para conseguir fallos que pedía el gobierno.

Le reconozco a Zaldívar que en la prisión preventiva oficiosa sus posiciones públicas han sido hasta ahora contrarias a las de un gobierno que busca castigar antes de juzgar. En 2022 escribió que esta figura y el arraigo “resultan indudablem­ente contrarias a la Convención Americana de Derechos Humanos, pues restringen desproporc­ionadament­e la libertad personal sin que exista una sentencia condenator­ia y desconocen la presunción de inocencia”. Este es el Zaldívar liberal, creyente en los derechos humanos, con el que yo estuve de acuerdo en el pasado.

0.66%

Lo peor es que la incautació­n de 40 mil millones de pesos en cuentas no reclamadas no garantiza el pago de pensiones al 100 por ciento del último salario. Hoy las Afores tienen 6.1 billones de pesos en custodia, que no alcanzan. Confiscar 0.666 por ciento más no servirá de nada.

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