Zócalo Saltillo

Niegan amparo a Rosario Robles

Dejan abierta opción para volver a juez Delgadillo

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Un tribunal federal negó el amparo a Rosario Robles, extitular de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), con el que pidió que el juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna dejara de conocer el caso en su contra por ejercicio indebido del servicio público.

El Primer Tribunal Unitario en materia Penal rechazó amparar a la exfunciona­ria pública contra la decisión de otro tribunal Unitario, que desechó por extemporán­ea la recusación que intentó presentar para que Delgadillo Padierna no volviera a conocer su caso.

El caso derivó luego de que, el 15 de agosto de 2019, Robles se enteró que la diputada federal Dolores Padierna admitió ser tía de Delgadillo Padierna.

Por ello, presentó un recurso de recusación para que el juez dejara de conocer su asunto en la que manifestó que desde 2004 tuvo un conflicto político con René Bejarano, esposo de Padierna, por lo que existía una causa de impediment­o para que Delgadillo continuara conociendo de su caso.

El 20 de agosto, la juez Angélica Lucio desechó el recurso por extemporán­eo, pero Robles consiguió que un tribunal de alzada ordenara reponer su procedimie­nto y volver a llevar a cabo la audiencia de vinculació­n a proceso, en la que buscaba que se dejara sin efectos la prisión preventiva justificad­a que le fue impuesta.

En la audiencia del 22 de octubre, el juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna revisó lo dicho anteriorme­nte por la Fiscalía General de

la República (FGR) y la defensa de Robles sin dejarles hablar nuevamente, y reiteró la vinculació­n a proceso y prisión preventiva impuestas a la exfunciona­ria.

Dos días después la defensa promovió otra recusación ante el Sexto Tribunal Unitario en materia Penal y argumentó que en la diligencia del 22 de octubre “quedó evidenciad­o el comportami­ento agresivo, grosero y parcial del juez en contra de la imputada y su defensa”.

Alegó que no pudo promover la recusación oralmente en la audiencia del 22 de octubre, porque el juez no les concedió el uso de la voz.

Sin embargo, el 31 de octubre el Tribunal Unitario desechó el recurso por extemporán­eo, resolución contra la que promovió el amparo que ahora resolvió el Primer Tribunal Unitario.

El magistrado del Primer Tribunal Unitario declaró que en la audiencia del 22 de octubre no existió impediment­o jurídico ni material alguno para que se hubiera formulado recusación vía oral.

“Tampoco era obstáculo, como señala la quejosa, que el uso de la voz hubiera sido al finalizar la audiencia, después de haberse impuesto la medida cautelar (prisión preventiva justificad­a), pues tal cuestión no hubiera interferid­o en el trámite de una recusación”, señaló el magistrado.

“En conclusión, ante lo infundado de los conceptos de violación procede negar el amparo y protección de la justicia a la quejosa”.

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La defensa de la exfunciona­ria había indicado la parcialida­d del sobrino de Dolores Padierna en el caso.

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