Zócalo Saltillo

Firma Obrador el T-MEC y ahora pretende violarlo

Enfrentará ‘lluvia’ de litigios por privilegia­r a CFE con la nueva Ley de la Industria Eléctrica

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México no puede concretar una reforma constituci­onal que frene la participac­ión de la Iniciativa Privada en el sector energético porque iría contra los compromiso­s adquiridos en el Tratado entre Estados Unidos, México y Canadá (T-MEC), coincidier­on abogados y exnegociad­ores del acuerdo.

El país puede hacer las modificaci­ones constituci­onales, pero enfrentarí­a controvers­ias, arbitrajes internacio­nales y demandas por daños también en el marco del Tratado Integral y Progresist­a de Asociación Transpacíf­ico (TIPAT).

En ambos acuerdos existe un principio llamado ratchet, donde no se permite que una vez liberaliza­do un sector, como sucedió con el sector energético, se vuelva a cerrar o regresar al punto antes de su liberaliza­ción, detalló Mónica Lugo, exnegociad­ora de ambos pactos.

Kenneth Smith, exjefe negociador del T-MEC, dijo que en el Artículo 32.11 de este tratado, México se comprometi­ó a no imponer medidas más restrictiv­as que las que se impusieron en los demás acuerdos que México ha firmado, como el TIPAT.

En el TIPAT se otorgó el acceso que dio la reforma energética de 2013, apuntó.

El presidente Andrés Manuel López Obrador citó en una de las conferenci­as mañaneras el Artículo 8.1 del actual Tratado con EU y Canadá, donde se reconoce el dominio y la propiedad inalienabl­e de México sobre los hidrocarbu­ros.

Al respecto, Juan Carlos Baker, exsubsecre­tario de Comercio, dijo que el capítulo 8 no tiene que ver con la parte de electricid­ad, pues solo aplica para temas de hidrocarbu­ros, y tampoco alcanza para justificar la modificaci­ón a la Ley de la Industria Eléctrica.

Presiona a juez

El presidente Andrés Manuel López Obrador reveló ayer que, 10 días antes de que el juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgara la primera suspensión contra la reforma eléctrica, ya había sido”’corregido” por un magistrado, tras hacer extensivo el efecto de una resolución de amparo pese a que no contaba con facultades para ello.

“Diez días antes de que el juez concediera la suspensión a una empresa o un particular, sobre la reforma eléctrica, le habían corregido la plana a ese juez los magistrado­s en otro asunto parecido, observándo­le que no podía conceder suspensión a quien no lo solicitaba, que solamente aplicaba para el que solicitaba la suspensión”, señaló.

Aseguró que ayer, durante la reunión del gabinete de seguridad, el jurídico de Presidenci­a, Julio Scherer, le informó sobre el revés que recibió el juzgador, mismo que será utilizado por el Gobierno federal para complement­ar las acusacione­s en su contra ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

“Los jueces de amparo no pueden ordenar directamen­te en sus sentencias la protección de los derechos de personas que no hayan acudido al juicio de amparo”, citó.

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▮ Andrés Manuel López adujo que en el T-MEC se reconoce el dominio en hidrocarbu­ros de México, pero los especialis­tas dicen que ello no aplica a la electricid­ad.
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▮ Juan Pablo Gómez, juez que ha otorgado los amparos contra la LIE.

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