Firma Obrador el T-MEC y ahora pretende violarlo
Enfrentará ‘lluvia’ de litigios por privilegiar a CFE con la nueva Ley de la Industria Eléctrica
México no puede concretar una reforma constitucional que frene la participación de la Iniciativa Privada en el sector energético porque iría contra los compromisos adquiridos en el Tratado entre Estados Unidos, México y Canadá (T-MEC), coincidieron abogados y exnegociadores del acuerdo.
El país puede hacer las modificaciones constitucionales, pero enfrentaría controversias, arbitrajes internacionales y demandas por daños también en el marco del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT).
En ambos acuerdos existe un principio llamado ratchet, donde no se permite que una vez liberalizado un sector, como sucedió con el sector energético, se vuelva a cerrar o regresar al punto antes de su liberalización, detalló Mónica Lugo, exnegociadora de ambos pactos.
Kenneth Smith, exjefe negociador del T-MEC, dijo que en el Artículo 32.11 de este tratado, México se comprometió a no imponer medidas más restrictivas que las que se impusieron en los demás acuerdos que México ha firmado, como el TIPAT.
En el TIPAT se otorgó el acceso que dio la reforma energética de 2013, apuntó.
El presidente Andrés Manuel López Obrador citó en una de las conferencias mañaneras el Artículo 8.1 del actual Tratado con EU y Canadá, donde se reconoce el dominio y la propiedad inalienable de México sobre los hidrocarburos.
Al respecto, Juan Carlos Baker, exsubsecretario de Comercio, dijo que el capítulo 8 no tiene que ver con la parte de electricidad, pues solo aplica para temas de hidrocarburos, y tampoco alcanza para justificar la modificación a la Ley de la Industria Eléctrica.
Presiona a juez
El presidente Andrés Manuel López Obrador reveló ayer que, 10 días antes de que el juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgara la primera suspensión contra la reforma eléctrica, ya había sido”’corregido” por un magistrado, tras hacer extensivo el efecto de una resolución de amparo pese a que no contaba con facultades para ello.
“Diez días antes de que el juez concediera la suspensión a una empresa o un particular, sobre la reforma eléctrica, le habían corregido la plana a ese juez los magistrados en otro asunto parecido, observándole que no podía conceder suspensión a quien no lo solicitaba, que solamente aplicaba para el que solicitaba la suspensión”, señaló.
Aseguró que ayer, durante la reunión del gabinete de seguridad, el jurídico de Presidencia, Julio Scherer, le informó sobre el revés que recibió el juzgador, mismo que será utilizado por el Gobierno federal para complementar las acusaciones en su contra ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
“Los jueces de amparo no pueden ordenar directamente en sus sentencias la protección de los derechos de personas que no hayan acudido al juicio de amparo”, citó.