El Siglo

El delito de estupro

- POR: DRA. JULIA SÁENZ JULIAELENA­SAENZ@GMAIL.COM

El estupro es un delito de naturaleza sexual, el cual consiste en que una persona mayor de edad sostiene relaciones sexuales con una persona menor de dieciocho años y mayor de catorce años. Pero, además, se toman en cuenta dos caracterís­ticas importante­s: la víctima da su consentimi­ento para que realicen dichos actos, es decir, es una relación consensuad­a y, por otro lado, la existencia de una condición de ventaja de la cual hace uso el victimario.

Este delito está tipificado en el artículo 176 del Código Penal panameño, en concordanc­ia con el artículo 7, de la Ley 21, de 20 de marzo de 2018, mediante el cual se elimina la posibilida­d de exonerarle al victimario una pena de prisión que podía ser de cuatro a seis años de prisión, si contraía matrimonio con la víctima.

La pena de prisión en esta figura delictiva puede extenderse hasta los nueve años, en los casos siguientes: cuando el victimario sea una persona que representa un grado de confianza y seguridad para la víctima como sería un pariente cercano, un docente, un entrenador, un guía espiritual (pastor, sacerdote), alguien que tenga la guarda y crianza del menor o, su cuidado temporal; si la víctima resulta embarazada; si la víctima es contagiada con algún tipo de enfermedad de transmisió­n sexual; si la víctima se ve en la necesidad de desertar del colegio, es decir, por deserción escolar; si el victimario ofreció matrimonio a la víctima con la finalidad que esta accediera a sus deseos sexuales.

En este mismo orden de ideas, cabe señalar que este delito es más común de lo que parece, entre jóvenes colegialas que rondan los dieciséis años de edad, quienes sostienen relaciones sentimenta­les con novios mayores de edad, que muchas veces tienen otros intereses, que van más allá del compartir una salida al cine y después regresar a casa. Siendo la más afectada la joven, sobre todo si ésta queda embarazada o padeciendo algún tipo de enfermedad.

En atención a lo antes expuesto, exhorto a los padres de familia en poner más atención a las personas con quienes sus hijas menores de edad sostienen una relación sentimenta­l.

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