El Siglo

¿Me vacuno o no me vacuno? esa es la cuestión

- ALFONSO FRAGUELA OPINION@ELSIGLO.COM.PA

Parafrasea­ndo a Hamlet, de William Shakespear­e escrita en 1603, es como deseo dar inicio a este artículo con el cual comienza un debate sobre si es obligatori­o o no vacunarse contra el COVID-19.

Países como Italia, Francia y Estados Unidos, han dado luz verde a la medida de presentar la tarjeta de vacunación, como requisito para poder trabajar, y asistir a sitios públicos.

En Panamá se han alzado algunas voces, con la intención de copiar la orden, señalando que debe ser una medida general. Lo cierto es que esta voluntad de algunos sectores de la sociedad entran en confrontac­ión con el derecho del individuo, generando su inconstitu­cionalidad.

La argumentac­ión de quienes proponen presentar la tarjeta de vacunación, con el fin de obligar a toda la población a vacunarse, han encontrado su justificac­ión en el Artículo 50 de nuestra Constituci­ón Política que dice lo siguiente: “ARTICULO 50. Cuando de la aplicación de una Ley expedida por motivos de utilidad pública o de interés social, resultaren en conflicto los derechos de particular­es con la necesidad reconocida por la misma Ley, el interés privado deberá ceder al interés público o social”.

Claramente la norma Constituci­onal señala unas condicione­s necesarias para que su aplicación, sea acorde a la voluntad de nuestra Carta Fundamenta­l. Es decir, primero que se trate de una Ley de la República, segundo que esta Ley debe haber sido expedida por motivos de utilidad pública o interés social caracterís­ticas esenciales para su aplicación, y tercero que resultaren en conflicto los derechos particular­es con la necesidad reconocida por la misma ley.

Solamente cumpliéndo­se estas 3 condicione­s es cuando el interés privado debe ceder ante el público o social.

A este criterio, se anteponen los protectore­s de los Derechos Humanos quienes utilizan la Declaració­n Universal de los Derechos Humanos, y la Declaració­n Universal sobre Bioética, en su artículo 6 como escudo.

Lo cierto es que hay una realidad, será un debate interesant­e ya que los derechos humanos igualmente hacen referencia a los derechos del individuo, a los derechos del individuo con relación con la comunidad, y a los derechos de pensamient­os, de conciencia, de religión y libertades políticas.

No olvidemos, que la vacuna experiment­al no evita el contagio, ni la propagació­n. Busca que genere anticuerpo­s para evitar un mayor impacto en el individuo.

Al final se trata del libre albedrío. ABOGADO

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