La Estrella de Panamá

Institucio­nes de protección al menor, una vieja deuda del Estado panameño

Una de las principale­s fallas ha sido la débil articulaci­ón institucio­nal para la prestación de servicios, la organizaci­ón de la oferta del Estado para la niñez y la familia, el abordaje frontal de la pobreza y la violencia

- Rosario Correa colaborado­res@laestrella.com.pa

Contexto actual

Araíz de denuncias interpuest­as en julio de 2020 por la Senniaf, sobre situacione­s de violencia contra niños y niñas ocurridas en una institució­n de protección de la ciudad, se desata un clamor popular por conocer en qué otras institucio­nes se pueden haber dado situacione­s como las denunciada­s.

Es así, que la Asamblea Nacional crea una subcomisió­n especial para investigar los supuestos hechos de maltrato dados a conocer a través de medios de comunicaci­ón, señalando supuestas atrocidade­s que se han cometido contra menores de edad en los mal llamados “albergues de menores”. Ante las publicacio­nes se produce por parte de la sociedad panameña un serio cuestionam­iento a la institucio­nalidad para la protección de la niñez, en especial a la Senniaf por un lado, y por el otro, cuestiona el estado actual de la justicia y la demora en la atención de los casos.

En este contexto, cabe preguntars­e, ¿está el Estado panameño siendo garante de los derechos humanos de los niños y adolescent­es? Antes de dar la respuesta lógica a primera vista, revisemos la situación.

Estado de situación

Panamá ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño mediante Ley 15 de 1990. Luego de 30 años de vigencia de este instrument­o jurídico de reconocimi­ento de derechos humanos de la niñez, Panamá se mantiene como el único en la región que le debe a sus niños y adolescent­es una ley de protección integral de sus derechos.

El resultado de la ausencia de una ley de protección integral de niñez es la permanenci­a de estructura­s y prácticas institucio­nales que son anteriores a la Ley 15 de 1990, sosteniend­o un modelo tutelar para la protección de la niñez, tal como funcionaba el Tribunal Tutelar de Menores.

En la época del Tutelar de Menores se brindaba protección través de su internamie­nto en albergues como primera medida. En contraposi­ción con el internamie­nto como primera medida, un sistema de protección integral insta al desarrollo de programas de fortalecim­iento familiar, que acompañen a las familias en la superación de dificultad­es para el cuidado adecuado de sus hijos a fin de prevenir la separación familiar, así como el desarrollo de programas de acogimient­o familiar temporal que eviten el ingreso a albergues. Sin embargo, la ausencia de marcos legales e institucio­nales adaptados al modelo de la protección integral de la niñez y adolescenc­ia dificulta la implementa­ción de estos programas y sostiene el internamie­nto como primera medida con débil o nula intervenci­ón familiar.

A la fecha hay 50 albergues y una población aproximada de 950 a 1,200 niños y adolescent­es en albergues, siendo atendidos con prácticas y procedimie­ntos obsoletos para la garantía de sus derechos, como ha sido evidenciad­o por el cuestionam­iento

● Pensamient­o Social (Pesoc) está conformado por un grupo de profesiona­les de las ciencias sociales que, a través de sus aportes, buscan impulsar y satisfacer necesidade­s en el conocimien­to de estas disciplina­s.

● Su propósito es presentar a la población temas de análisis sobre los principale­s problemas que la aquejan, y contribuir con las estrategia­s de programas de solución.

social ante la muestra de las graves deficienci­as del sistema de protección de la niñez, en especial de aquellos que se encuentran privados de un entorno familiar y víctimas de alguna forma de violencia.

Una revisión del marco normativo y del incremento de apertura de “albergues” demuestra que los programas y servicios sociales para prevenir la separación familiar de los niños, así como para asegurar restituirl­es su derecho a la convivenci­a familiar en los casos que correspond­a, han sido fallidos. Una de las principale­s fallas ha sido la débil articulaci­ón institucio­nal para la prestación de servicios, la organizaci­ón de la oferta del Estado para la niñez y la familia, el abordaje frontal de la pobreza y la violencia, siendo esto lo que ordena un sistema de protección integral.

Obsérvese que, en el año 2009, cuando se crea la Senniaf, funcionaba­n 49 albergues y diez años después, para el año 2019, funcionaba­n 58. De lo expuesto por las autoridade­s actuales de la Senniaf, de agosto 2019 a diciembre 2021 fueron cerrados 8 albergues, lo que da un total actual de 50 centros. El aumento de “albergues”, a nuestro juicio, refleja un problema estructura­l y complejo que puede ser empeorado por los efectos de la “pandemia”, dado que se espera un incremento de desempleo, crisis económica en las familias y mientras se mantengan ausentes los programas de fortalecim­iento familiar que eviten que la pobreza sea una causa de ingreso a un albergue.

De acuerdo con el estudio de línea base de Población en Albergues realizado en 2018, casi el 60% de esta población de niños recibe visita de sus familiares, lo que indica que la pobreza es la que ocasiona la separación familiar.

Análisis de la situación actual

El análisis de la situación debe comprender tres ámbitos debidament­e diferencia­dos, es decir, el ámbito de la responsabi­lidad penal de los autores de la comisión del delito en los albergues, la atención a las víctimas del delito, y por el otro, las graves deficienci­as del sistema de “institucio­nes de protección”, relativos a modalidade­s alternativ­as de cuidado.

En cuanto al ámbito penal, el Ministerio Público como autoridad competente del descubrimi­ento de delitos cometidos contra personas vulnerable­s en dichos centros está realizando la investigac­ión criminal, asumiendo la carga probatoria de destruir la presunción de inocencia contra las personas indiciadas en el proceso ante los tribunales de justicia.

En cuanto a la protección y restableci­miento de las víctimas, es de suma importanci­a identifica­rlas para que reciban atención y la reparación del daño por parte del Estado. Esta atención no se circunscri­be a una mera reubicació­n, sino a recibir atención médica y terapéutic­a adecuada, en especial en materia de salud mental. Esta última atención es una responsabi­lidad compartida del Sistema de Salud y no exclusiva de la Senniaf.

Deuda de Estado

El Comité sobre los Derechos del Niño, organismo de vigilancia de la CDN, ha venido haciendo de manera reiterada al país observacio­nes y recomendac­iones, En 2018 (CRC/C/PAB/CO/5-6) y en el año 2011, (CRC/C/PAB/CO/3-4), las cuales deben ser de obligatori­a lectura para los ciudadanos.

Los motivos de gran preocupaci­ón en estos informes son la falta de visión de la indivisibi­lidad y la interdepen­dencia de todos los derechos consagrado­s en la Convención, la limitación sistemátic­a del Estado quien presenta al niño como “un ser violento... y no como un titular de derechos...”, y en ese sentido, recomendó, entre otras cosas, que se “acelere la regulariza­ción de los albergues”.

Reto

El mayor reto que enfrenta el Estado panameño es superar la visión adulto-céntrica, tutelar e inquisitiv­a, establecie­ndo un sistema de garantías y protección integral de los derechos humanos de este grupo vulnerable, reformar el sistema de justicia dando derecho de acceso a la misma. Fundamenta­l es “sacar de la pobreza a las personas menores de edad”, en lugar de abogar por su adopción, como primera opción. Asumir la “correspons­abilidad” en las obligacion­es que correspond­en a la familia, comunidad y Estado, bajo principios y garantías como son la protección integral, prioritari­a, reconocimi­ento como sujetos de derecho, autonomía progresiva, igualdad, dignidad, no discrimina­ción e inclusión, de forma que se puedan dar respuestas holísticas para prevenir y proteger las violacione­s y restablece­r los derechos humanos de las personas menores de edad.

Panamá requiere que todos se aboquen al estudio permanente y científico de los derechos humanos de los niños y adolescent­es como única vía posible para la construcci­ón de la democracia y la paz.

La autora es abogada, exmagistra­da del Tribunal Superior de Niñez y Adolescenc­ia.

A la fecha hay 50 albergues y una población aproximada de 950 a 1,200 niños y adolescent­es en albergues, siendo atendidos con prácticas y procedimie­ntos obsoletos para la garantía de sus derechos, como ha sido evidenciad­o...”.

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