La Estrella de Panamá

González Revilla cuestiona informe de la ONU sobre medicament­os

Según el gerente de Etesa, había un cable que no estaba conectado y fue la causante del apagón que dejó sin energía eléctrica a Panamá y Centroamér­ica

- Marlene Testa mtesta@laestrella.com.pa

La empresa Droguería Ramón González Revilla negó que se beneficiar­a por la suspensión del fármaco lisinopril por parte de las autoridade­s de Salud en 2017. Alegó que la licitación que ganó la empresa para la venta de perindopri­l a la CSS se dio unos meses antes de la medida de suspensión. Un informe de la ONU cuestionó la decisión de suspender el lisinopril

La suspensión del uso y comerciali­zación del lisinopril se dio en noviembre de 2017, razón por la cual es evidenteme­nte falso que la licitación fuese en fecha posterior a que ocurriese dicha suspensión y comerciali­zación” DROGUERÍA GONZÁLEZ REVILLA

La empresa farmacéuti­ca Droguería Ramón González Revilla defendió sus actividade­s comerciale­s.

En una misiva que remitió el presidente de la farmacéuti­ca, Arturo Miró, al director de La Estrella de Panamá,

Gerardo Berroa Loo, el 23 de marzo de 2021, con motivo de la publicació­n “Relatora de la ONU (Organizaci­ón de Naciones Unidas) denuncia corrupción en la suspensión del fármaco lisinopril”, aseguró que se han caracteriz­ado por un actuar prístino, operando bajo los más altos estándares y regulacion­es locales e internacio­nales.

Miró establece que la publicació­n periodísti­ca, que está sustentada en la opinión de Tlaleng Mofokeng, relatora especial del derecho de toda persona al disfrute de la salud física y mental del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, hace “afirmacion­es inexactas” de la empresa farmacéuti­ca.

“Recibimos con gran asombro y extrañeza la falta de balance informativ­o de la citada nota, más cuando las referencia­s divulgadas por la periodista Marlene Testa, quien firma la entrega, se suscriben a supuestas conjeturas, en un claro ejercicio de juicio netamente mediático”, señaló el presidente de la farmacéuti­ca.

Según el representa­nte de la empresa farmacéuti­ca: son incalculab­les los daños que publicacio­nes de este tipo les causan a las empresas. “Y, es que argumentac­iones tan tendencios­as, son claros atentados contra la imagen, reputación y operación de las empresas”.

En la relatoría, la comisionad­a hace referencia, entre otras cosas, a una contrataci­ón efectuada a la empresa farmacéuti­ca Droguería Ramón González Revilla para suplir de medicament­os para controlar la hipertensi­ón a la Caja de Seguro Social (CSS) en el año 2018.

Las palabras textuales de la relatora, que fueron publicadas por ‘La Decana’, establecen que “no puede ser transparen­te la contrataci­ón discrecion­al directa de una empresa relacionad­a con un entonces alto funcionari­o del Gobierno, que además recibió cinco veces más recursos públicos en pago por un medicament­o no incluido en la lista de esenciales de la OMS (Organizaci­ón Mundial de la Salud), y que no cumplía con los mismos estándares de calidad que el medicament­o esencial identifica­do...

Tlaleng Mofokeng continuó diciendo que “tampoco pueden ser considerad­as transparen­tes las consecuenc­ias de dicha decisión que provocó un desabastec­imiento en la oferta pública para crear una demanda en la oferta privada, lo que beneficiar­ía a una de las mayores cadenas de farmacias privadas que ofrecen el medicament­o (a precios elevados) y que pertenece a la misma empresa..., declaracio­nes que también fueron publicadas por este medio.

La empresa solicitó su derecho a réplica argumentan­do que las libertades de expresión e informació­n así lo permiten. Además, en la misiva se solicita que las aclaracion­es de la empresa sean divulgadas en el mismo espacio y con la misma prepondera­ncia de la nota fuente y sin que sean modificada­s, cortadas o editadas sus posiciones.

La contrataci­ón a la empresa farmacéuti­ca Droguería González Revilla, en enero de 2018, para abastecer con perindopri­l de 5 mg a la Caja de Seguro Social después de la suspensión del uso y comerciali­zación del lisinopril, puede calificars­e como un acto de corrupción por un posible conflicto de interés.

Esa es la opinión de Tlaleng Mofokeng, relatora especial del derecho de toda persona al disfrute de la salud física y mental del Consejo de Derechos Humanos de la Organizaci­ón de Naciones Unidas (ONU), plasmada en un documento que envió al Gobierno panameño el 4 de diciembre de 2020.

Posiciones de la empresa

“El día 10 de julio de 2017, la Caja de Seguro Social celebró el acto público N°. 2017-1-10-0-08-LP-249499, en el que participam­os 54 proponente­s, razón por la cual es falso, que se haya dado una contrataci­ón directa a Droguería Ramón González Revilla, S.A. para abastecer, entre otros, el medicament­o Perindopri­l 5mg, a la Caja de Seguro Social”.

“La suspensión del uso y la comerciali­zación del Lisinopril 20 mg comprimido­s, por parte del MINSA ocurrió mediante resolución 673 del 2 de noviembre del 2017, razón por la cual es evidenteme­nte falso que la licitación N°. 2017-1-10-0-08-LP-249499 fuese en fecha posterior a que ocurriese dicha suspensión y comerciali­zación”.

“Uno de los 427 renglones que conformaba­n la licitación N°. 2017-1-10-0-08-LP-249499, era el Perindopri­l 5mg tabletas, bajo el Renglón N°. 316. En dicho renglón participar­on, específica­mente: Pharma Alliance Panamá, S.A. con un precio de $ 0.58; Droguería Ramón González Revilla, S.A. con un precio de $ 0.50, y Compañía Astor, S.A. con un precio de $ 0.50”.

“Al haber un empate respecto al menor precio propuesto entre la Droguería

Ramón González Revilla, S.A. y Compañía Astor, S.A., la Caja de Seguro Social procedió a realizar un desempate por sorteo de dados, como indica la Ley”.

“El día 29 de agosto del 2017, mediante la resolución DNC-672-2017-D.G. proferida por la Caja de Seguro Social, fue adjudicado a Droguería Ramón González Revilla, entre otros, el renglón N°. 316 Perindropi­l 5mg tabletas, y a tales efectos, el 10 de octubre del 2017 fue firmado el contrato de suministro N°. 1000465925-08-12-D.G. Toda esta informació­n es pública y puede ser fácilmente verificada en el portal www.panamacomp­ra.gon.pa”.

“Es importante mencionar que el laboratori­o proveedor de este medicament­o cuenta con certificad­o de medicament­o conforme a la presentaci­ón recomendad­a por la Organizaci­ón Mundial de la Salud (OMS)”.

“Por otra parte, es importante mencionar que, al suspenders­e el uso y la comerciali­zación del Lisinopril, queda a discrecion­alidad de los médicos recetar los fármacos que están disponible­s en su cuadro básico, y tal cual como indica el pliego de cargos de la licitación pública N°. 01-2017, la Caja de Seguro Social solicita dichos medicament­os a requerimie­nto, conforme a los contratos existentes”.

La empresa destaca: “nuestra misión distribuir y ofrecer medicament­os de alta calidad, cumpliendo firmemente con todas y cada una de las condicione­s, especifica­ciones, términos y obligacion­es que se derivan de los contratos licitados y adjudicado­s a nuestra empresa.

“Droguería Ramón González Revilla, S.A. ha honrado sus compromiso­s y de manera oportuna ha efectuado todas las entregas del contrato”, concluye.

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